viernes, marzo 13, 2009

Cartagena del Chairá, Caquetá
Detienen ilegalmente a defensor de derechos humanos
Por Camilo Raigozo

Este 12 de marzo a las tres de la tarde, en Cartagena del Chairá, Caquetá, fue detenido de forma ilegal el defensor de derechos humanos y líder social, miembro Juventud Comunista, Aristides Oime Ochoa.

La familia Oime ha sido víctima de varios arrestos, amenazas, allanamientos y persecuciones por parte de la Fiscalía General de la Nación basados en claros montajes de la “inteligencia militar”.


El 24 de agosto de 2004 en Bogotá, paramilitares amenazaron al militante del grupo político Unión Patriótica y del Partido Comunista Colombiano, luego que irrumpieran en su vivienda.

Según la denuncia, Con anterioridad Aristides Oime, había tenido que salir de Cartagena del Chairá hacia Neiva, donde fue víctima de allanamiento, filmado y acusado junto con su familia, de ser auxiliador de la guerrilla.

Después de estos hechos se desplazó a Garzón (Huila), donde nuevamente recibió amenazas razón por la cual había buscado refugio en Bogotá.


El 6 de agosto de 2006, en Bogotá, tropas del Ejército Nacional detuvieron arbitrariamente a Víctor Oime Hormiga y a su hijo Aristides Oime, durante el allanamiento realizado a la Casa Nacional de la Unión Patriótica ubicada en zona céntrica de Bogotá.

Simultáneamente Eduviges Ochoa, esposa de Víctor y madre de Aristides, fue igualmente detenida de forma arbitraria en el municipio de Puerto Rico (Caquetá).


Víctor Oime Hormiga fue fundador de la Unión Patriótica en el departamento del Caquetá y en representación de esta colectividad política fue elegido alcalde del municipio de Cartagena del Chairá.


Víctor Oime y su familia han padecido sistemáticamente el terrorismo de Estado traducido en amenazas, detenciones arbitrarias, desplazamiento forzado y hoztigamiento, por parte de la Fuerza Pública, entre otros atropellos.


Con anterioridad Víctor Oime y su hijo habían sido privados de la libertad, acusados de haber dirigido la toma de El Billar, acción militar adelantada por las Farc.

Posteriormente se pudo establecer que Víctor Oime se encontraba en el momento de los hechos detenido en una estación de policía.


Aristides, por su parte, al igual que su padre, ha trabajado incansablemente por la reivindicación y el respeto a los derechos humanos en su departamento, Caquetá.


Por lo que la familia Oime Ochoa, goza de un alto aprecio entre las comunidades y ONG de derechos humanos nacionales e internacionales, que le reconocen su trabajo y abnegación.


La Agencia de Cooperación al Desarrollo del Principado de Asturias, al igual que otras organizaciones de derechos humanos nacionales y extranjeras, hacen responsable al Estado colombiano de lo que le pueda ocurrir a los miembros de esta familia.

Advirtieron que estarán en constante vigilancia para que la sistemática violación a los derechos humanos a estas personas termine y se les repare integralmente.

También pidieron que Aristides Oime sea puesto a disposición de las autoridades civiles competentes, se le brinden las garantías constitucionales en el debido proceso y para ejercer libremente la defensa de los derechos humanos.

El procesamiento arbitrario ratifica lo señalado por organismos internacionales sobre el alto riesgo existente para los defensores de los derechos humanos en Colombia, ya que se suma a los montajes judiciales contra prestigiosos defenssores como son el padre Javier Giraldo, Elkin Ramírez y otro gran número de defensores amenazados, asesinados o encarcelados.
.
Lea tambien:
Misión de seguimiento a la problemática del Bajo Caguán

Volver a la página principal

Familias desalojadas protestan ante alcaldía de Cali intimidadas por los Esmad
Por Camilo Raigozo

Al menos 70 personas éntrelos que hay una buena cantidad de mujeres y niños, los cuales hacen parte de las 495 familias desalojadas de Brisas de Navarro y Brisas de Córdoba se encuentran en la puerta principal de la Alcaldía de Cali, esperando que el burgomaestre los atienda y les garantice una solución definitiva a su problema de vivienda.

Las familias desplazadas son afrocolombianas del pacifico, recicladores del basurero de Navarro y pobres de Cali que fueron desalojadas de su humildes viviendas el 3 de marzo del 2009.

Se habían asentado desde entonces a la orilla de la carretera pero fueron desalojadas nuevamente el día de hoy . Estas personas no tienen a dónde ir.

Otras 190 familias firmaron y recibieron un auxilio para arrendamiento por tres meses, consistente en 250 mil mensuales. Pasado este tiempo, serán arrojados nuevamente a la calle, donde muy seguramente tampoco serán admitidas.

El Equipo de Derechos Humanos del Proceso de Comunidades Negras en Colombia PCN, denunció a Notimundo que los buldózeres derivaron las viviendas y enterraron muchas de las pertenencias de los pobladores.

Los escuadrones antidisturbios de la Policía impidieron que un grupo de 70 pobladores que se movilizaba por la calle 5a hacia la alcaldía, se reuniera con las mujeres y los niños que allí se encuentran totalmente rodeados por los Esmad.

Las familias desplazadas plantean soluciones diferentes al subsidio de 250 mil pesos mensuales para pagar arriendo por tres meses que da el gobierno.

Volver a la página principal

jueves, marzo 12, 2009

Los programas sociales y la atención humanitaria no sustituyen la reparación a las víctimas
Por Comisión Colombiana de Juristas

El pasado 4 de diciembre, la Corte Constitucional profirió la sentencia C-1199 de 2008, mediante la cual declaró la inconstitucionalidad del inciso 2 del artículo 47 de la Ley 975 de 2005, que disponía:

“Los servicios sociales brindados por el gobierno a las víctimas, de conformidad con las normas y leyes vigentes, hacen parte de la reparación y de la rehabilitación”.

La Corte adoptó esta decisión con ocasión de una demanda de inconstitucionalidad contra varias disposiciones de la ley de justicia y paz, formulada por la organización no gubernamental DeJuSticia.

En esta sentencia, la Corte Constitucional concluye que la norma mencionada es inconstitucional por dos razones. En primer lugar, la Corte parte de reconocer las diferencias conceptuales y jurídicas entre tres instituciones:

programas sociales (política social para la efectiva garantía de los derechos económicos, sociales y culturales), asistencia humanitaria y reparación integral de las víctimas de violaciones a los derechos humanos:

“En relación con este tema la Corte comienza por reconocer la separación conceptual existente entre los servicios sociales del Gobierno, la asistencia humanitaria en caso de desastres (independientemente de su causa) y la reparación a las víctimas de violaciones a los derechos humanos.

En efecto, tal como lo sostienen los actores y lo aceptan la totalidad de los intervinientes, se trata de deberes y acciones claramente diferenciables, en lo relacionado con su fuente, su frecuencia, sus destinatarios, su duración y varios otros aspectos.

Acepta así mismo la Corte que, por estas mismas razones, ninguna de tales acciones puede reemplazar a otra, al punto de justificar la negación de alguna prestación específica debida por el Estado a una persona determinada, a partir del previo otorgamiento de otra(s) prestación(es) de fuente y finalidad distinta”[1].

En segundo lugar, la Corte estima que la norma demandada creaba una confusión entre los tres tipos de medidas mencionados, la cual tendría por efecto, por ejemplo, que la reparación debida a las víctimas podría verse reducida, debido a la prestación de servicios sociales por parte del Estado.

En este sentido, la Corte advierte que con esta norma algunas víctimas podrían no recibir suma o prestación alguna por concepto de reparación (o que llegaran paradójicamente a ser deudoras del Gobierno) por virtud de los servicios sociales de los que ya hubieren sido beneficiarias.

Para la Corporación, esta situación lesionaría el derecho a la reparación integral de las víctimas y resulta inaceptable constitucionalmente en un “contexto de justicia transicional”.

Varias razones permiten destacar la importancia de la decisión de la Corte Constitucional. En efecto, con esta decisión la Corte Constitucional empieza a trazar una línea más precisa entre la formulación e implementación de programas sociales orientados a la superación de la pobreza y a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, la asistencia humanitaria y las fórmulas de reparación para las víctimas de violaciones a los derechos humanos.

Lo anterior supone reconocer la autonomía del derecho a la reparación integral de las víctimas y el carácter específico de las medidas estatales que deben ser adoptadas para garantizarlo.

La reparación tiene como fuente el daño causado a la víctima, y en consecuencia su extensión y materialización dependen del tipo de daño que ella hubiere sufrido.

Además, aunque la reparación tiene una dimensión material, también tiene (a diferencia de los programas sociales y la atención humanitaria) una dimensión simbólica que debe ser satisfecha, pues los daños que dan lugar a ella suelen ser irreparables.

Así mismo, la sentencia de la Corte permite alertar acerca de los riesgos de adoptar como fórmulas de reparación, mecanismos tradicionales y procedimientos que fueron diseñados para atender situaciones que no responden a la realidad de las víctimas de violaciones a los derechos humanos [2].

En efecto, como lo anota la Corte, los beneficios derivados de los programas sociales deben ser entregados a todas las personas sin ninguna distinción ni condición como parte de la solidaridad del Estado con los más necesitados y como garantía de los derechos económicos, sociales y culturales, de manera que no pueden reemplazar los mecanismos específicos que deben ser dispuestos para la reparación de violaciones a los derechos humanos.

Así, los beneficios derivados de los programas sociales no deben ser percibidos por las víctimas como medidas de reparación de las condiciones de violencia que han sufrido, sino como prestaciones que reciben en su condición de ciudadanos.

Algo semejante debe decirse de la atención humanitaria, que procura asistir en las necesidades más apremiantes a las víctimas de situaciones calamitosas (puede tratarse de víctimas del conflicto armado o simplemente de desastres naturales), pero que no se propone restituirlas en sus derechos, lo cual constituye uno de los objetivos de la reparación de violaciones a los derechos humanos.

De esta manera, la construcción de una ciudadanía social a través de la efectiva garantía de los derechos económicos, sociales y culturales y la atención humanitaria a las víctimas de situaciones de emergencia no pueden ser confundidas con las medidas de reparación para quienes han sido víctimas de violaciones a los derechos humanos.

El ejemplo más claro de cómo la confusión que creaba la norma de la ley 975 de 2005 afectaría el derecho a la reparación integral, es el caso de las víctimas del desplazamiento interno forzado.

En efecto, de acuerdo a la norma declarada inconstitucional, podrían haber sido descontadas de la reparación a la que tienen derecho los desplazados todas las prestaciones derivadas de los programas sociales en los que fueran incluidos (Familias en acción, Red juntos, Mujeres ahorradoras en acción, Red de Seguridad Alimentaria, subsidio familiar de vivienda) y

las medidas para la atención humanitaria (orientadas a socorrer, asistir y proteger a la población desplazada y atender sus necesidades de alimentación, aseo personal, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina, atención médica y psicológica, transporte de emergencia y alojamiento transitorio en condiciones dignas[3]).

Así, con la norma declarada inconstitucional se habría llegado a reconocer efectos reparativos a medidas que, valga decirlo, ni siquiera han cumplido con los propósitos para los cuales fueron dispuestas en un comienzo (el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales para el conjunto de la población,

la superación progresiva de la pobreza y la asistencia a las víctimas de situaciones de emergencia) y sobre las cuales existen reparos de toda índole, pues en general carecen de una perspectiva de derechos y se concentran en las entregas condicionadas de dinero[4].

Afortunadamente, la Corte Constitucional enmendó tal desacierto de la ley 975 de 2005 y consideró que la inclusión de los servicios sociales como parte de la reparación y rehabilitación resultaba contraria al goce efectivo del derecho fundamental de las víctimas a la reparación integral por los delitos cometidos por los destinatarios de la ley de justicia y paz.

---

[1] Corte Constitucional, sentencia C-1199 de 2008, M.P.: Nilson Pinilla Pinilla.

[2] Precisamente una de las deficiencias señaladas por la Corte Constitucional en el auto 218 de 2006 es “la falta de especificidad en la política de atención a la población desplazada, en sus diferentes manifestaciones”. Corte Constitucional, auto 218 de 2006, M.P.: Manuel José Cepeda Espinosa.

[3] Artículo 15 de la Ley 387 de 1997, “por la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia”.

[4] Un balance de las medidas estatales adoptadas en relación con la población desplazada se encuentra en el Auto 008 de 2009 de la Corte Constitucional. M.P.: Manuel José Cepeda Espinosa.

La distinción entre la atención humanitaria y la reparación ya había sido advertida por la Corte Constitucional en la "Carta de derechos de toda persona víctima del desplazamiento forzado", contenida en la sentencia T-025 de 2004. Corte Constitucional, sentencia T-025 de 2004, M.P.: Manuel José Cepeda Espinosa.


Volver a la página principal

ONU ordena investigación especial por graves violaciones a los derechos humanos
Por Camilo González Posso

La violación de los derechos humanos en Colombia es analizada por Naciones Unidas. Foto Héctor Candelario

Si entre los 43 relatores especiales de Naciones Unidas cuatro son designados para que investiguen en detalle lo que pasa en Colombia, significa que es alta la preocupación en el mundo por las violaciones a los derechos humanos en este país, pero es de alarma general si esos relatores tienen que ocuparse de crímenes de lesa humanidad como ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, desplazamiento y desaparición forzada.

Y en esas estamos. Después de escuchar la rendición de cuentas que presentó Colombia en las sesiones del Examen Universal sobre Derechos Humanos realizada en Ginebra en diciembre pasado, cerca de 30 países levantaron la mano para hacer preguntas difíciles al delegado colombiano.

Pero mientras en todas partes del planeta cuando se habla de Colombia se piensa en la violencia crónica y en la peste del narcotráfico, por aquí nos hacemos los de la vista gorda.

Los informes del Vicepresidente cuando regresa de Ginebra o Nueva York siempre repiten al mejor estilo del 'Pibe' Valderrama, "todo bien, todo bien, nos felicitaron, reconocieron el esfuerzo del Gobierno", y la única mancha apareció cuando unos cuantos malagradecidos y antipatriotas se dedicaron a desprestigiar al país contando de muertes y responsabilidades estatales en lugar de lavar la ropa sucia en casa.

Eso de lavar la ropa sucia en casa cuando de lo que se trata es de violación a los derechos humanos no clasifica ni para Sábados Felices. Menos en esta era de la globalización de la información y de los derechos humanos.

Se demoraron más planeando la presunta emboscada y asesinato de Edwin Legarda, el esposo de la dirigente del Cric y de las marchas indígenas, que lo que tardó la noticia en dar la vuelta al mundo. Y así ocurre con todas las atrocidades que son asunto de todos los días en este país del "todo bien".

Los relatores especiales

En el transcurso de 2009 tendremos, entonces, varias visitas de los relatores especiales de Naciones Unidas, personalidades reconocidas en sus países e internacionalmente por su experiencia en los temas de las investigaciones extraconvencionales.

El profesor Philip Alston, quien hará el seguimiento a las ejecuciones extrajudiciales, tiene entre sus credenciales haber sido presidente de la Comisión de las Naciones Unidas para Derechos Económicos y Sociales y cabeza de misión en varios países.

Vendrá el relator sobre Asuntos Indígenas, James Anaya, sorprendido por el rechazo gubernamental de ratificar la Declaración de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas. Margaret Sekaggia revisará la situación de los defensores de derechos humanos que siguen siendo calificados desde el Gobierno como simples disidentes o tolerantes con el terrorismo.

Y Leandro Despouy examinará la situación de los magistrados de las Cortes permanentemente acusados por el Ejecutivo con toda suerte de descalificativos y forzados a pedir protección internacional ante el cerco que denuncian les han tendido desde el Das y otras dependencias adscritas a la Presidencia de la República.

Entonces no se trata de cuatro turistas o conferencistas de asuntos varios, sino de personajes de primera línea que vienen a un país problema. El solo anuncio de su misión ya es por lo menos una amonestación o una sanción política a un Estado o gobierno que no cumple satisfactoriamente los compromisos ante la comunidad de naciones.

Sin embargo, aquí se trata de minimizar el significado de su mandato, presentándolo como un asunto normal o como una iniciativa oficial para demostrar el grado de transparencia o voluntad humanitaria del Gobierno.

Ciertamente es un tratamiento de excepción utilizado cuando la situación es muy crítica y crónica o existen problemas estructurales y evidente complicidad de agentes estatales en las infracciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario.

Informes y más informes

Durante los últimos meses hemos tenido una verdadera avalancha de informes sobre la grave situación de derechos humanos en Colombia y por esto no suena impertinente la pregunta sobre el impacto que podrán tener cuatro más de los relatores especiales.

Después del Examen Universal de diciembre pasado, se dieron a conocer los informes de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas (19 de febrero, 2009) y el Informe Anual del Departamento de Estado de los Estados Unidos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia (25 de febrero, 2009).

En ellos se reconocen los esfuerzos del Gobierno para mejorar el panorama pero señalan sin ambigüedad la gravedad de las violaciones ocurridas durante 2008, comenzando por los "asesinatos extrajudiciales, desapariciones forzadas; colaboración militar insubordinada con nuevos grupos ilegales y paramilitares que se rehúsan a desmovilizarse; tortura y maltrato de detenidos; hacinamiento e inseguridad en prisiones;

arrestos arbitrarios; impunidad; intimidación a la justicia, ineficiencia de esa justicia; persecución e intimidación de periodistas; condiciones antihigiénicas de asentamiento de personas desplazadas, con acceso limitado a salud, educación o empleo; corrupción; persecución a defensores de derechos humanos; violencia contra la mujer, incluidas violaciones".

Y sigue la lista de graves transgresiones a los derechos que documenta en detalle el Departamento de Estado indicando como responsables a agentes estatales o de la fuerza pública.

En este informe como en el de la Alta Comisionada, la lista de infracciones por parte de la guerrilla o de los grupos surgidos de la desmovilización paramilitar es igual de larga, pero llama la atención la crudeza con la cual señalan responsabilidad desde esferas estatales.

A todos estos informes y a los presentados dentro del país por entidades de control y varias ONG se sumarán los de los relatores. La presión sobre el Gobierno y sobre los grupos ilegales llegará por alguna vía así todos se empeñen en no darse por aludidos.


Por lo pronto, el Ministro de Defensa está repitiendo que desde octubre de 2008 desaparecieron los falsos positivos. Ya veremos.

Volver a la página principal

miércoles, marzo 11, 2009

Parauribismo/
Paramilitares amenazan nuevamente a estudiantes de la Universidad de Antioquia
Por Camilo Raigozo

El pasado 6 de marzo, luego de que culminaran las movilizaciones contra las ejecuciones extrajudiciales, conocidas como “falsos positivos”, en la que participaron los estudiantes, a los correos electrónicos de organizaciones estudiantiles llegó una amenaza de paramilitares autodenominados “Bloque Antioqueño de las Autodefensas”.

La amenaza incluye una lista de al menos 30 alumnos, a los que el grupo criminal otorga un plazo de una semana para que desaparezcan o ellos los desaparecerán, según un comunicado de los estudiantes.

Las amenazas suceden un día después de la realización de la asamblea general de estudiantes, convocada para discutir el tema de la elección del nuevo rector del alma mater, y donde se citó para una nueva asamblea el día 18 de marzo, para abordar el tema sobre la presencia del Banco Interamericano de Desarrollo a finales del mes en Medellín, y sus implicaciones en Colombia.

“Esta situación genera preocupación cuando tenemos conocimiento que en los últimos 9 meses se han presentado varios allanamientos a diferentes sedes estudiantiles por parte de la fuerza pública, “ingresos no oficiales”, según la administración de nuestra universidad”, dice un aparte del documento estudiantil conocido por Notimundo.


Volver a la página principal

Parauribismo/
Desapariciones y asesinatos en El Castillo, Meta
El régimen continúa revictimizando a las familias desplazadas y persiguiendo con saña a los campesinos de este municipio
Por Camilo Raigozo

.
Limpiando el Monumento a las Víctimas de la vereda La Esmeralda, El Castillo, Meta. Foto Camilo Raigozo.

El Sindicato de Trabajadores Agrícolas Independientes del Meta, Sintragrim, denunció ante la opinión pública nacional e internacional los crímenes contra la vida y honra de los habitantes de las diferentes veredas del municipio de El Castillo, Meta.

El caso más reciente fue la desaparición y posterior asesinato de José William Bonilla Bohórquez, hijo del dirigente agrario Maximiliano Bonilla, desplazado de El Castillo por la estrategia paramilitar del régimen en el año 2002.

José William Bonilla había desaparecido en Villavicencio el 19 de febrero pasado y su cuerpo sin vida fue reconocido por sus familiares cinco días después.

Según la denuncia, el levantamiento del cadáver del joven se produjo a la altura del kilómetro 8 de la antigua vía a Bogotá el pasado 20 de febrero.

Bonilla Bohórquez vivía en El Castillo y hacía algún tiempo había tenido que desplazarse forzadamente hasta Villavicencio por amenazas de paramilitares.

Igualmente, el 23 de febrero de 2009, a las 7:30 de la noche llegaron dos sujetos encapuchados a la vivienda de Fernando Tapias, en la vereda la Cima del municipio de El Castillo.

En esos momentos, la esposa de Tapias, Olga Yaneth González, se encontraba sola, únicamente en compañía de sus tres hijos menores de edad. Los ‘paras’ la ultrajaron e intentaron violarla. Los gritos de los niños evitaron el doloroso hecho.

El 15 de febrero de este año, en horas de la tarde, se dio la desaparición de Alba Nelly Murillo, presidenta de la Junta de Acción Comunal de la Vereda la Esmeralda. Desde entonces se ignora su paradero.

En los últimos 8 años los habitantes de El Castillo han padecido la rigurosidad de la política de “seguridad democrática”, pues los que no son asesinados o desplazados por los ‘paras’ del régimen, son víctimas de persecución política y de montajes judiciales.
Lea también:

martes, marzo 10, 2009

Detienen arbitrariamente a líder agraria del Quindío
Por Camilo Raigozo

El Sindicato de Trabajadores Agrícolas del Quindío, Seccional Calcará, denunció ante las organizaciones sociales y de derechos humanos nacionales e internacionales, la detención arbitraria de que fue objeto Rosalba Gaviria Toro.

El 9 de marzo pasado a la seis de la mañana, fue allanada la residencia de Gaviria Toro, quien hace parte del Sindicato de Trabajadores Agrícolas de Calarcá y además es delegada del sindicato a la Junta Nacional de Fensuagro.

La víctima es también presidenta y representante legal del Movimiento Mujer del Quindío, desde el año 1999. Esta organización es filial de Asodemuc y ha sido dirigente nacional de la organización femenina.

La líder fue presidenta de la Junta de Acción Comunal del Barrio la Adíela de la ciudad de Armenia, Quindío, por un periodo de cuatro años hasta Junio del 2008 y es integrante de La Mesa de Trabajo Agrario del Quindío, de la cual hacen parte organizaciones agrarias de toda la región.

Rosalba Gaviria Toro fue detenida bajo los cargos de secuestro, extorsión, concierto para delinquir, desaparición forzada, terrorismo y desplazamiento forzado. Según voceros sindicales, “todos los cargos son absurdos y lo que pretenden es intimidar a los dirigentes sociales y populares que no se rinden ante el chantaje y terror oficial”.

Volver a la página principal

La democracia, la estabilidad y la paz no pueden sobrevivir mucho tiempo en condiciones de miseria crónica, desposeimiento y abandono
La aprobación del Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y su importancia para Colombia
Por Comisión Colombiana de Juristas

La práctica de los tribunales nacionales alrededor del mundo ha demostrado suficientemente que los derechos económicos, sociales y culturales (Desc) son susceptibles de ser reclamados y protegidos por medio de herramientas judiciales, que en manos de los ciudadanos y las ciudadanas constituyen vías de defensa efectivas para este tipo de garantías[2].

Un ejemplo de ello es la extensa jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana, que a través de los años ha ido admitiendo que los Desc son derechos justiciables a través de la acción de tutela cuando se cumplen ciertas condiciones[3].

No obstante lo anterior, en el sistema de Naciones Unidas no existía un procedimiento que permitiera poner en conocimiento del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CDESC) las violaciones a este tipo de garantías.

En este sentido, resulta de la mayor importancia la aprobación por parte de la Asamblea General de Naciones Unidas del Protocolo Facultativo al Pacto Internacional Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Pidesc), el pasado 10 de diciembre, día de los derechos humanos, cuando se conmemoraba el 60º aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Interdependencia de los derechos y violaciones a los Desc

Como lo advirtió el Secretario General de las Naciones Unidas en su Informe al Consejo de Derechos Humanos del 2007, sobre la “cuestión del ejercicio en todos los países, de los derechos económicos, sociales y culturales”, las violaciones a los derechos humanos en situaciones de conflicto armado, como el que existe en Colombia, no afectan de forma exclusiva los derechos civiles y políticos (DCP), sino que afectan todo tipo de garantías y libertades fundamentales de las víctimas:

“Las violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales, como en rigor de cualquier otro derecho, no se producen de forma aislada. Dichas violaciones suelen ser resultado, a la vez que causa, de violaciones de derechos civiles y políticos.

Los distintos tipos de violaciones se influyen recíprocamente y se refuerzan unos a otros, a menudo con consecuencias devastadoras.

La discriminación sistemática y las desigualdades en el acceso a la atención de salud o a la vivienda, a veces en el contexto de la competencia por unos recursos escasos o menguantes, pueden suscitar o exacerbar tensiones sociales o políticas que lleven al conflicto o al enfrentamiento violento, lo que a su vez perpetúa los ciclos de penuria y exclusión. Esta estrecha interrelación también ha sido reconocida por las comisiones de la verdad”[4].

Así, tan atroces pueden ser las infracciones a los DCP como aquellas que atentan contra los DESC. Prueba de la gravedad y de la magnitud que pueden llegar a tener las violaciones a los DESC, es precisamente el caso del conflicto armado colombiano, en el que cerca de 4 millones de personas[5] han sido desplazadas de sus territorios, encontrándose actualmente en una condición que no les permite satisfacer las condiciones mínimas de subsistencia en términos de sus derechos a la salud, a la vivienda, a la educación, a la alimentación, al trabajo, etc[6].

Por estas razones, dada la interdependencia que existe entre todos los derechos, resulta urgente un mecanismo que permita a las víctimas de las violaciones a los DESC ser escuchadas por un órgano internacional, tal como sucede desde hace más de treinta (30) años con relación a los DCP, en virtud del Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que entró en vigor para Colombia el 23 de marzo de 1976.

Aprobación y contenido del Protocolo Facultativo al Pidesc

Cinco años después de la Resolución 2003/18 de la Comisión de Derechos Humanos, por la cual se estableció un grupo de trabajo de composición abierta para estudiar las posibilidades de elaborar un protocolo optativo al Pidesc, el Consejo de Derechos Humanos aprobó por consenso el texto del Protocolo mediante Resolución 8/2 de 18 de junio de 2008, ordenando su remisión a la Asamblea General de ONU para su adopción final.

El día 10 de diciembre de 2008, la plenaria de la Asamblea General de la ONU aprobó el texto del Protocolo, disponiendo que este deberá quedar abierto a la firma por parte de los Estados en ceremonia que se realizará en 2009.

Conforme al texto aprobado por la Asamblea General, el Protocolo Facultativo al Pidesc establece un sistema de comunicaciones y uno de investigaciones ante el Cdesc. Por el sistema de comunicaciones, individuos o grupos de individuos podrán enviar al Cdesc reclamos acerca de la violación a sus derechos económicos, sociales y culturales, mientras que en virtud del procedimiento de investigación, el Comité podrá, tras recibir información fidedigna sobre violaciones graves y sistemáticas a los derechos enunciados en el Pidesc, designar a uno o más de sus miembros para que inicie las averiguaciones correspondientes y presente un informe con carácter urgente al Comité[7].

Las siguientes son algunas de las características del Protocolo Facultativo al PIDESC en cuanto al sistema de comunicaciones:

La presentación de comunicaciones exige el agotamiento de todos los recursos disponibles en la jurisdicción interna, salvo que el trámite de estos se prolongue injustificadamente.

Las comunicaciones deberán ser presentadas dentro del año siguiente al agotamiento de los recursos internos.

No podrán ser enviadas comunicaciones que se refieran a asuntos que ya han sido examinados por el Comité con arreglo a otro procedimiento de examen internacional.

Antes de pronunciarse sobre el fondo de una comunicación el Comité podrá adoptar “medidas provisionales” para evitar posibles daños irreparables a la víctima o las víctimas de la presunta violación.

Una vez sea admitida una comunicación por el Comité, esta deberá ser remitida al Estado interesado, que tendrá seis meses para presentar al Comité explicaciones o declaraciones indicando las medidas correctivas que hubiere adoptado.

Una vez el Comité emita su dictamen y recomendaciones respecto de una comunicación, el Estado interesado deberá enviar una respuesta por escrito acerca de las medidas adoptadas en cumplimiento del dictamen y de las recomendaciones, dentro de los seis meses siguientes.

Todo Estado podrá reconocer la competencia del Comité para recibir y examinar comunicaciones de otros Estados Partes, en relación con su cumplimiento de las obligaciones derivadas del Pidesc.

En relación con el procedimiento de investigaciones conviene precisar los siguientes aspectos:

La investigación adelantada por el Comité podrá incluir una visita al territorio, cuando esta se justifique y cuente con el consentimiento del Estado Parte.

La investigación será de carácter confidencial y se solicitará la colaboración del Estado Parte en todas las etapas del procedimiento.

Una vez concluida la investigación, el Comité remitirá al Estado interesado las observaciones y recomendaciones que estime oportunas.

Dentro de los seis meses siguientes al recibo de los resultados de la investigación, el Estado interesado deberá presentar sus propias observaciones al Comité.

De esta manera, en virtud del Protocolo Facultativo al Pidesc se establecen mecanismos para la justiciabilidad de los derechos sociales en el sistema de Naciones Unidas[8].

Adicionalmente, estos mecanismos internacionales redundarán en el fortalecimiento de la exigibilidad judicial de los Desc ante los tribunales locales, por dos razones: de un lado, la jurisprudencia del Cdesc permitirá seguir precisando el contenido de cada uno de los Desc y ratificar una vez más que estos son susceptibles de ser reconocidos judicialmente, despejando así las dudas de algunos tribunales que aún se abstienen de avocar el conocimiento de reclamaciones sobre Desc con base en una aparente falta de precisión en su contenido;

y del otro, la labor del Cdesc tendrá un carácter complementario en relación con decisiones de tribunales que han desarrollado una jurisprudencia garantista en la materia, pero que no han logrado asegurar el pleno cumplimiento de sus decisiones.

Así por ejemplo la ratificación del Protocolo por parte de Colombia fortalecería la protección de los Desc por aquellos tribunales que aún conservan dudas acerca de su contenido y justiciabilidad, y complementaría la labor de la Corte Constitucional en cuanto a los pronunciamientos que no han sido cumplidos integralmente, como la Sentencia T-025 de 2004 y sus autos de seguimiento, en relación con la situación de la población internamente desplazada.

Por lo anterior, resulta de suma importancia que el Estado colombiano sea uno de los primeros en ratificar el Protocolo, confirmando de esta manera su compromiso con este instrumento de derecho internacional y con los mecanismos que en él se disponen, luego de ser uno de los Estados patrocinadores de su aprobación en la Asamblea General de Naciones Unidas.

Para mayor información, contactar a: Gustavo Gallón Giraldo, Director CCJ (Tel. 376 8200, ext. 115).

---

[1] ONU, Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Declaración del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, doc. A/CONF.157/PC/62/Add.5, 26 de marzo de 1993.

[2] Ver Víctor Abramovich y Christian Courtis, Los derechos sociales como derechos exigibles, Madrid, Trotta, 2002. Gerardo Pisarello, Vivienda para todos: un derecho en (de)construcción, El derecho a una vivienda digna y adecuada como derecho exigible, Barcelona, Icaria, 2003.

[3] Antonio Barreto Rozo, Amparo constitucional de los derechos sociales, A propósito del carácter social de la acción de tutela, en Derecho constitucional: perspectivas críticas, Bogotá, Universidad de los Andes–Siglo del Hombre editores, 1999, págs. 85 – 122.

[4] ONU, Consejo de Derechos Humanos, 4 período de sesiones, Informe del Secretario General de las Naciones Unidas al Consejo de Derechos Humanos, Cuestión del ejercicio en todos los países de los derechos económicos, sociales y culturales, doc. A/HRC/4/62, 13 de febrero de 2007.

[5] Norwegian Refugee Council, Internal displacement, Overview of trends and developments in 2007, Ginebra, 2008, pág. 6.

[6] Comisión de Seguimiento a la política pública sobre el desplazamiento forzado, Proceso nacional de verificación de los derechos de la población desplazada, Primer Informe a la Corte Constitucional, enero 31 de 2008, disponible en
www.codhes.org.

[7] Artículos 2 y 11 del Protocolo Facultativo al Pidesc. ONU, Asamblea General, Informe del Consejo de Derechos Humanos, 63 período de sesiones, doc. A/63/435, 28 de noviembre de 2008.

[8] Conforme al Artículo 18 del Protocolo Facultativo al Pidesc este entrará en vigor tres meses después del depósito ante el Secretario General de Naciones Unidas del décimo instrumento de ratificación o de adhesión. ONU, Asamblea General, Informe del Consejo de Derechos Humanos, 63 período de sesiones, doc. A/63/435, 28 de noviembre de 2008
.

Volver a la página principal

Misión de seguimiento a la problemática del Bajo Caguán
Por Camilo Raigozo

Pobladores de Remolino del Caguán reciben a la Comisión. Foto Camilo Raigozo.

Durante los pasados días 4, 5 y 6 de marzo, una Comisión de Seguimiento a la región del municipio de Cartagena del Chairá, Caquetá, más exactamente a la zona del Bajo Caguán, visitó varias veredas aledañas al río del mismo nombre, verificando el cumplimiento de los compromisos pactados con autoridades civiles y militares en materia de desarrollo social y cumplimiento del respeto a los derechos humanos y del derecho humanitario para con los moradores.

Entre las organizaciones gestoras y partícipes estuvieron, la Asociación de Juntas Comunales, Asojuntas y sus secretarías técnicas; la Asociación de Economías Solidarias, Asoes; el Comité de Cacaoteros de Remolino del Caguán y Suncillas, Chocaguán; la Asociación de Comerciantes; la Asociación de Instituciones y Centros Educativos, Asidebac y los Núcleos Comunales en la unificación: El Caguán Vive.

Acabar la guerra piden las comunidades del Bajo Caguán. Foto Camilo Raigozo.

Varias organizaciones no gubernamentales defensoras de los derechos humanos, representantes de la Defensoría Comunitaria, de la Organización de las Naciones Unidas y periodistas de medios alternativos formaron parte de la Comisión.

Entre los atropellos que vienen padeciendo los pobladores de la zona, que no han variado desde la visita del año pasado, están: estigmatizaciones, falsos positivos, capturas arbitrarias, amenazas, torturas, desplazamiento, restricción de alimentos, medicinas y combustibles, fumigaciones, ausencia de personal médico y centros de salud, ausencia de profesores y centros educativos idóneos, falta de vías de comunicación y de servicios públicos, entre otros.

La Comisión pudo constatar también que se sigue infringiendo de manera sistemática el Derecho Internacional Humanitario, puesto que el Ejército y la Armada continúan manteniendo bases operativas dentro de las áreas civiles aledañas a viviendas, centros educativos, culturales y sanitarios, poniendo en alto riesgo la seguridad de las comunidades.

El hostigante control militar lo padecen los pobladores a diario. Foto Camilo Raigozo.

Al finalizar el recorrido, la Comisión adelantó una reunión con las autoridades civiles y militares del municipio en la que le hicieron saber su observancia, pidiéndoles el cumplimiento a los compromisos pactados en anteriores ocasiones y la puesta en marcha de forma inmediata de acciones para corregir las violaciones a los derechos civiles, destrozados por la política de “seguridad democrática” del régimen.

Simultáneamente se conoció un panfleto anónimo entregado a las comunidades en el que se loa la gestión de la actual administración del municipio y a la vez pone en grave riesgo la seguridad de connotados líderes sociales a quienes se refiere como “informantes de la subversión, asesinos, corruptos, extorsionistas, colocadores de bombas, resentidos y personas no gratas”.

Entre los líderes afectados están: Yesid Doncell, Wilson Ocampo, Pacho Betancourt, Feliciano Sánchez, Edilberto Molina, Sandra Sánchez, Benicio Barrero y Alex Vanegas, quienes emitieron este 10 de marzo un comunicado público que a continuación transcribimos en su integridad:

Comunicado a la opinión pública por la verdad

Los líderes Feliciano Sánchez (izq) y Yesid Doncell, amenazados. Foto Camilo Raigozo.

Las Organizaciones Sociales y Campesinas del proceso comunitario organizativo agrupados y representados en la Asociación de Juntas Comunales “Aso Juntas” del municipio de Cartagena del Chaira en el Departamento del Caquetá, manifestamos nuestra preocupación por la aparición de un documento titulado “los mismos con las mismas “muy diciente de la administración municipal y amenazante a dirigentes de organizaciones sociales de base que ejercen veeduría ciudadana.

Atrás del arco de futbol del centro educativo del caserío Cristales hay dos soldados infringiendo el DIH y poniendo en alto riesgo la vida de los niños. El Ejército mantiene un puesto militar aledaño a la escuela dentro del caserío. Foto Lina Martínez.
.
A toda la opinión nacional les recordamos, que las obras de desarrollo en el municipio han sido lideradas por el proceso organizativo y campesinos de Asojuntas los últimos 20 años, ante el abandono estatal hemos construido, escuelas, puestos de salud y pagado maestros, con recursos propios hemos comprado maquinaria, organizado caminos, puentes y vías carreteables.

Aclarar que obras como la pavimentación de 30 kilómetros en la vía que conduce de Cartagena del Chaira al Paujil y la interconexión eléctrica son producto de los acuerdos firmados por los campesinos con el Estado en las marchas campesinas en el 96, en medio de sangre y fuego.

Encuentro de comunidades con la Comisión en Santo Domingo. Foto Lina Martínez.
.
Luego de los desplazamientos forzados de Remolino del Caguán, en el 1997 compramos terrenos donde hoy existen los barrios 1 de agosto y 15 de junio. Como muestra de ser un territorio de paz, 1997 se realizo en el municipio con el apoyo de toda la comunidad la entrega de los soldados retenidos por las farc; dando muestra de paz, respeto y soberanía.

Foto Lina Martínez.
.
Sin embargo, según en el documento, los dirigentes de las organizaciones son informantes, corruptos y asesinos; quieren mostrar la actual administración como los redentores de la honestidad y la inversión social para el desarrollo; no somos los encargados de juzgar, solo ejercemos veeduría ciudadana , hacemos un llamado urgente a las instituciones y ONG promotoras y defensora de los derechos humanos y derechos fundamentales; como, personería municipal, defensorías comunitaria y del pueblo velar por la vida e integridad de los dirigentes comerciantes, comunitarios y campesinos.
.
Foto Lina Martínez.
.
Solicitamos a los órganos de control como contralorías, procuradurías, fiscalías, zar anticorrupción y corte constitucional iniciar la correspondiente investigación para aclarar y sancionar a los culpables, clamamos se conozca la verdad; a nuestra estructura organizativa y dirigencial nos han hecho mucho daño pedimos se haga justicia, se analicen la irregularidad de contratación en la ejecución presupuestal 2008 y que el pueblo conozca la verdad.
Hoy más que nunca convencido de lo autentico y soberano de nuestro proceso, les decimos que opciones de vida y desarrollo como Chocaguan, Asoes , Asociación de comerciantes del bajo Caguán y Asojuntas seguirán liderando el desarrollo sin condicionamiento a un en contra de la adversidad.

El río Caguán es la pricipal vía de transporte de la zona. Foto Lina Martínez.
.
Para lograrlo contamos con el apoyo del Sistema de Seguridad para el desarrollo de Naciones Unidas, la embajada de Holanda en la red Colombia Verde, la Embajada de Suiza con el apoyo de la red de comunidades e iniciativas de paz del programa Suizo para la promoción de paz en Colombia ” Suippcol” y organizaciones nacionales e internacionales promotoras y defensoras de los derechos fundamentales humanos políticos culturales y ambientales.

Esperamos contar con la protección divina del todo poderoso para realizar nuestros sueños de vivir dignamente en paz protegiendo la amazonia motivo de alegría y reconciliación de los pueblos que la habitan.

Por el derecho a la tierra y defensa del territorio y nuestros derechos.
Proceso Comunitario Organizativo y Campesino, Asociación de Juntas Comunales, Asojuntas, Cartagena del Chairá, marzo 10 de 2009.
.

Parauribismo/
Paramilitar Ramón Isaza rinde audiencia por unas 400 víctimas
Por Camilo Raigozo

La Fiscalía informó que al temible cabecilla paramilitar, el fiscal 2º de Justicia y Paz le imputará ocho delitos relacionados con 147 hechos sangrientos que dejaron un saldo aproximado de 400 víctimas.

En la audiencia que se realizará ante un magistrado con funciones de Control de Garantías, la Fiscalía hará imputación parcial por homicidio agravado y en persona protegida, desaparición forzada, reclutamiento de menores, porte ilegal de armas de defensa personal y de uso privativo de las fuerzas militares, uso ilegal de uniformes e insignias y promoción y adiestramiento de bandas criminales de las Auc.

Según lo informado por la Fiscalía, entre los crímenes aceptados en versión libre por Isaza, se encuentran masacres como la ocurrida en mayo de 1997 en la vereda La Esperanza de Carmen de Viboral (Antioquia), donde fueron asesinados 14 campesinos.

También se le imputarán otros actos criminales como los de Fálan y Armero-Guayabal (Tolima), donde fueron asesinados varios cazadores y pescadores de la región; vereda La Parroquia y La Leonera de Fresno (Tolima), Frías en Palocabildo (Tolima), finca Las Mercedes en Sonsón (Antioquia), y La Grajalia , en la vía que conduce a Manzanares (Caldas).


Volver a la página principal

lunes, marzo 09, 2009

Organización campesina pide al régimen que cese la estigmatización contra sus miembros
Por Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria

La Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria “Fensuagro”, filial de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia “CUT” y de la Vía Campesina Internacional, se dirige a la Opinión Pública Nacional e Internacional con relación a la detención de su Secretario General, dirigente campesino Juan Efraín Mendoza Gamba, hechos ocurridos durante una operación militar de las Fuerzas Armadas Colombianas contra un grupo de las guerrillas de las Farc en límites de los departamentos de Cundinamarca y Meta; ante lo cual nuestra Federación Aclara:

1. Que el dirigente campesino Juan E. Mendoza Gamba ha declarado ante los medios de comunicación y ante las autoridades competentes que fue víctima de un plagio o secuestro por parte de la insurgencia de las Farc, hechos ocurridos según el dirigente Mendoza el pasado miércoles 25 de febrero de 2009, cuando se encontraba en un barrio del municipio de Soacha, luego llevado hasta el sitio donde fue hallado al momento de su rescate por las fuerzas militares, hechos creíbles si partimos del principio de la buena fe y la presunción de inocencia.

2. Desmentimos las aseveraciones calumniosas y peligrosas del Ministro de la Protección Social , Diego Palacios, vocero del Estado Colombiano, quien ha utilizado este hecho para señalar en forma irresponsable que nuestra Federación hace parte de la estructura de las Farc, convirtiéndose así en acusador y juez de un caso que como el de Juan Mendoza se debe aclarar en las instancias judiciales del caso por el presunto implicado y en ningún momento utilizarse para criminalizar una organización como Fensuagro y su dirigencia nacional.

Manifestamos nuestro repudio contra las desafortunadas y mal intencionadas aseveraciones del Ministro Palacios, quien más bien debe esclarecer su propia situación por el caso de la Yidis Política y la responsabilidad estatal por 49 sindicalistas asesinados en el 2008.

3. Fensuagro es una organización gremial campesina, autónoma, independiente del Estado y no admite injerencia en sus asuntos internos de ningún movimiento o grupo armado al margen de la ley.

Que nuestras políticas, directrices, programa y dirección corresponden a la decisión soberana y democrática efectuada en sus congresos, los cuales se llevan a cabo cada tres años y donde asisten los más importantes líderes provenientes de sus bases.

Rrazón por la cual los voceros del establecimiento colombiano como el Ministro Palacios con sus aseveraciones peligrosas y calumniosas pone a nuestra organización y sus dirigentes en la mira del paramilitarismo y demás fuerzas oscuras que han exterminado al movimiento sindical y campesino, entre ellos a Fensuagro, que en sus 32 años de existencia registra más de mil quinientos de sus líderes asesinados, la mayoría de ellos con la complicidad del régimen autoritario y anticampesino que gobierna a Colombia.

4. Exigimos al Gobierno Nacional, a los medios de comunicación masivos, el mismo despliegue mediático y publicitario que se ha hecho en el caso del dirigente Juan Efraín Mendoza Gamba, de las denuncias que hemos venido haciendo con relación al exterminio del movimiento campesino y en particular Fensuagro.

5. Que nuestra Federación mantiene una postura política sin ambigüedades con relación al conflicto armado que vive el país, reconociendo su existencia y necesidad de una solución política del mismo. Por lo cual negamos cualquier posibilidad de una salida militar para alcanzar la paz en nuestra nación.

Ratificamos nuestra condición de organización gremial, civilista, democrática, autónoma, defensora del campesinado, de sus luchas sociales, de sus movilizaciones y reivindicaciones más sentidas como la Reforma Agraria Democrática e integral, hoy por realizarse en nuestro país.

6. Exigimos en todo caso que se respete el debido proceso al dirigente campesino Juan Mendoza Gamba, que se le garanticen sus derechos constitucionales a la defensa y al buen trato, que sea la justicia quien pueda determinar si existe algún tipo de responsabilidad en las actuaciones del dirigente Mendoza o su inocencia ante cualquier imputación.

7. Nuestra Federación responsabiliza al gobierno nacional, por las acciones criminales o terroristas que pueda suceder contra nuestra organización nacional, organizaciones de base y en general contra sus afiliados hombres y mujeres, como consecuencia de las calumnias y señalamientos que se hacen desde el Estado colombiano en la vocería de sus más altos funcionarios.

8. Que nuestra Federación posee una estructura de carácter nacional con presencia en veintitrés (23) departamentos, con cerca de 80 organizaciones filiales y más de 120.000 afiliados, ante lo cual el Ministro Palacio se extraña y hace hipótesis mal intencionadas, queriéndonos relacionar con frentes guerrilleros en el territorio nacional, quizás ignorando que en el campo colombiano vivimos doce (12) millones de compatriotas, el 80% de ellos en la miseria y excusión social, sin más alternativa a su situación que la organización social y movilización para exigir sus derechos.

9. Que desde nuestra humilde condición de organización campesina, convocamos a la más amplia solidaridad nacional e internacional con la justa lucha del campesinado colombiano y sus organizaciones sociales.

Fensuagro hace parte de ese torrente social, hoy estigmatizado y políticamente perseguida desde el Estado colombiano, así mismo a exigir el cese de la impunidad y pronto castigo a los responsables materiales e intelectuales de los miles de crímenes de lesa humanidad cometidos contra Fensuagro.


De igual manera hacer un llamado urgente a los movimientos guerrilleros Farc, Eln, a que saquen a la población civil del conflicto armado y a respetar el derecho internacional humanitario.

Volver a la página principal


  • "



  • Publicidad
    Paute aquí
    Contáctenos


    Zona comercial