Persistentes violaciones a los derechos humanos, infracciones
al DIH y persecuciones contra dirigentes campesinos por parte de la
Fuerza Pública sufren los pobladores
Por Fensuagro
Por Fensuagro
1. El 11 de
Junio de 2012, a las 10:15 p.m., la comunidad de la vereda La Unión del corregimiento de Teteyé, en el
departamento del Putumayo, fue sorprendida con fuertes bombardeos por parte de la Fuerza Aérea del
Ejército Colombiano.
Estos duraron 10 y 15 minutos. Luego se sintieron seis fuertes explosiones y posteriormente, desde
el aire ametrallaron todo el caserío.
Infracción evidente a las normas del Derecho Internacional Humanitario, entre ellas el principio de
previsión, distinción, respecto a bienes civiles, el cual parte de la prohibición
de los ataques indiscriminados, que pueden afectar a la población civil y sus
bienes.
2. Posterior al
bombardeo, el Ejército Nacional hizo un desembarco y seguidamente se allanó
ilegalmente la vivienda de Esther Julia
Baldeón Gutiérrez, sus hijos y su madre
María Lilian Gutiérrez Noía, quién es dirigente campesina y sindical,-
presidenta del Sindicato de Trabajadores Campesinos del Cordón Fronterizo
del Putumayo Sintcacfromayo, filial de Fensuagro y miembro de la Mesa Departamental de Organizaciones
Sociales, Campesinas, Afrodescendientes
e Indígenas del Departamento del Putumayo.
Dicha acción
desconoce, el principio constitucional, respecto a la inviolabilidad de domicilio,
donde el Ejército Nacional no tiene
funciones de policía judicial, vulnerándose derechos fundamentales y garantías constitucionales,-
según lo estipulado en la Carta Política y en su Artículo 93, que reconoce de
obligatorio cumplimiento los tratados internacionales ratificados por
Colombia y confirmado con la Sentencia C1024 de 2002.
3. El 12 de
Junio de 2012 a las 11:40 a.m., la
Comisión de Derechos Humanos de Sintcacfromayo
llegó hasta la casa de María Lilian Gutiérrez Nopia y
encontraron a la brigada Móvil 13,
adscrita a la Brigada Selva 27
del Ejército Nacional del Putumayo,-
posesionada de la casa que había sido allanada y ocupada, sin una previa orden
judicial. Adicional a esto, tenían 8 hombres detenidos a quienes les estaban indagando sobre el
paradero de la dirigente sindical.
4.
Posteriormente aterrizó en la
parte de atrás de la casa, un helicóptero en el que venían funcionarios del C.T.I en cabeza del subintendente:
Pedro Soledad quien les solicitó a los
miembros de la comisión de Derechos Humanos documentos de identificación y
posteriormente procedió a escribirlos en un cuaderno en el que los funcionarios del C.T.I estaban
tomando nota.
5. A
continuación a la comisión de Derechos Humanos,
el Subintendente Soledad presentó una orden de allanamiento con código FGN-50000-F-18 Versión 01, firmada
por una fiscal. Sin embargo no permitieron
identificar el nombre de ésta.
Es importante mencionar que la Fiscalía General
de la Nación no tiene la competencia de expedir órdenes de
allanamiento, teniendo en cuenta que al
tenor del numeral 3 del artículo 250 de la Constitución Política,
dice que el
ente investigador, en este caso la Fiscalía,
que requiera medidas adicionales
que impliquen la afectación
(limitación o restricción) de derechos
fundamentales deberá obtener la respectiva autorización del juez con funciones
de control de garantías.
Por ende, en aras de mantener el principio de reserva
judicial y de protección al derecho a la intimidad las órdenes de allanamiento deben ser firmadas por los jueces con función de
control de garantías.
6. Dentro de las
personas detenidas se encontraba el señor Roberth Valencia, quién llega a la casa con el fin de sacar a dos niños que estaban en la casa que queda al lado de la casa de la dirigente
sindical María Lilian.
A la casa de Roberth Valencia también entró el Ejército.
Él cuenta que en ese momento se le perdió un celular que tenía
nuevo, incluso estaba sin desempacar. De la misma forma entraron a la
casa de otra habitante de la vereda la
Unión llamada Carmen Ortíz.
7. La comisión
de Derechos Humanos de Sintcacfromayo se encontraba en el lugar en función de
tomar los informes por parte de la población que habita la vereda,
y al mismo tiempo tomando fotos
con el fin de probar las actuaciones del
Ejército Nacional.
No obstante en el
momento que están tomando las fotos uno
de los Policías del CTI se acercó al
defensor de DDHH que está tomando las
fotos y
le arrebata la cámara, y procede a borrar toda la información.
Adicional
a esto el subintendente le prohibió a la comisión continuar con la
labor de acompañamiento que estaba haciendo.
8. La
comisión procedió a hacer un acta de
reconocimiento de los hechos ocurridos
en la vereda y le solicita al cuerpo del C.T.I, que la firmara.
Sin embargo de
una forma grosera contestaron que ellos
no firman ni reciben nada y que si
quieren mayor información se pueden
dirigir a las oficinas de la Fiscalía.
9. A las 2:30
p.m. del mismo 12 de Junio, la Fuerza Pública en conjunto, se retiró hacía donde estaba ubicado el helicóptero.
La comisión de Derechos Humanos preguntó a la tropa sobre las próximas actividades a
realizar con relación a la vereda,
en aras de garantizar la seguridad
de los habitantes de ésta.
Los miembros de la Fuerza Pública respondieron que ellos
ya han cumplido con su labor y
que se retiran. La comisión optó por
retirarse del lugar y retomar sus labores cotidianas.
10. Unas horas después persistieron los hostigamientos a
través de disparos sin dirección alguna
por parte del Ejército Nacional y como consecuencia se produjeron desplazamientos
forzados de varias familias al vecino país de Ecuador.
11. Sintcacfromayo,
es el sindicato de base del dirigente desaparecido Henry Díaz y las
personas afectadas en la presente denuncia, son los líderes campesinos, que han
estado denunciando su desaparición.
Antecedentes
1. El 29, 25 y
23 de mayo de 2012 en las veredas
Canacas, Buena Vista y Alea, se presentaron
bombardeos indiscriminados a la
población civil por parte de la Fuerza
Aérea.
Como resultado hay una persona muerta por causa de un infarto en el momento del
bombardeo y dos personas heridas que se
encuentran en el hospital de Puerto Asís.
Estas actuaciones son una evidencia
clara de infracción al Derecho
Internacional Humanitario por parte de la Fuerza Pública que viene incluyendo a
la población civil en el conflicto
armado.
Dichas situaciones se han venido presentando de manera
simultánea en los municipios de Puerto
Guzmán, Valle del Guamuéz, San Miguel, Orito y Puerto Asís.
2. Desde el 7 de
mayo de 2012, 36 familia de las veredas: La Paz, Aguas Negras y Campo Ají, se desplazaron forzadamente
a la vereda Puerto Bello corregimiento de Piñuña Blanca, municipio de
Puerto Asís,-
debido a la permanente violación a los Derechos Humanos por parte de la Brigada Móvil 13 adscrita a
la brigada 27 de selva del Putumayo del Ejército Nacional y los antinarcóticos de la Policía
Nacional-
que vienen estigmatizando a la
población diciéndoles que se desmovilicen, presionando e intimidado para que se brinde información de donde se encuentran explosivos o campos
minados, sin entender que las familias no tienen ese tipo información.
De igual forma constantemente les están impendiendo el libre tránsito por las
veredas; por esta misma situación desde el 14 de abril 16 familias del
municipio del Valle del Guamuéz se encuentran
en condición desplazamiento forzado en el casco urbano de la Dorada.
3. El 18 de abril
de 2012 desapareció en la inspección Puerto Vega el reconocido líder campesino Herman Hery Díaz, fundador
de Sincafromayo, vicepresidente de Asomayo, afiliado a la JAC de la vereda
Puerto Colombia,-
integrante de la Mesa
Departamental de Organizaciones Sociales, Campesinas, Afrodescendientes e Indígenas del Departamento del
Putumayo, miembro de Fensuagro y dirigente del Movimiento
Social y Político Marcha Patriótica
quien estuvo un día antes,-
el 17 de abril en la comisión política y
comité de impulso de Marcha Patriótica que se desarrolló en la ciudad de Bogotá
con el fin de coordinar y finiquitar todo lo relacionado con el lanzamiento de
este movimiento que se abrió el 21, 22 y 23 de Abril.
El 22 de abril de
2012 se interpuso el mecanismo de
búsqueda urgente ante la
Defensoría del Pueblo, la Fiscalía y la
Sijín del departamento, sin
embargo los dos últimos no actuaron
durante tres días y solo hasta el 25 de abril
activaron el mecanismo.
El 23 de abril se interpuso ante la Fiscalía General de la Nación la
denuncia por desaparición forzada y
mecanismo de búsqueda urgente y
se solicitó al Ministerio de Defensa y a las bases militares-
que hacen
presencia en la zona información que sirviera para conocer el paradero de Díaz,
teniendo en cuenta que
permanentemente hacen
empadronamientos en la zona donde él desapareció.
Sin embargo solo dos bases militares
respondieron diciendo que no tenían
conocimiento porque no llevaban ningún tipo de registro de la gente, las otras bases militares no dieron
respuesta al igual que el ministerio de
defensa, como resultado hasta el momento no se conoce el paradero de nuestro líder campesino.
4. Desde que se
hizo el lanzamiento del movimiento político y social Marcha Patriótica el
Ejército Nacional viene preguntando a la
población del departamento cuales son
los dirigentes de éste.
5. En lugares
donde transita el Ejército Nacional y los erradicadores manuales de coca muchas personas de la población civil ha sido víctimas
mortales de minas antipersona.
6. Entre el 2011
y 2012 han detenido a 40 dirigentes
entre campesinos, indígenas y
afrodescendientes de los cuales 37 están siendo procesados por los delitos
rebelión, narcotráfico, terrorismo, entre otros, y 3 fueron condenados por el
delito de rebelión;-
líderes sociales que han dedicado su vida al desarrollo de
la agricultura y a la permanente denuncia
de las violaciones de DDHH que se han cometido en el departamento del Putumayo.
7. Desde el 10
de mayo de 2012 en el municipio de Puerto Asís se viene presentando la erradicación manual de coca y en el municipio
de San Miguel se está aplicando la fumigación área con glifosato.
Se tiene
conocimiento que a partir del 1 de Junio se fumigarán todos los municipios del bajo Putumayo y en todos
los casos se ha omitido la orden de
aplicar los planes de contingencia antes de fumigar estipulados en el auto 218
de la Corte Constitucional.
8. Los derechos
fundamentales a la salud y
educación en el departamento del
Putumayo se vienen vulnerando constantemente ya que existe ineficiencia e
incumplimiento a los deberes del Estado
de garantizar estos derechos.
9. El gremio de
transportadores ha manifestado su preocupación por las prohibiciones del libre
tránsito afectando gravemente el derecho al trabajo.
10. Debido a la
existencia del paro armado en Río Putumayo
y en el corredor Puerto Asís la Alea ha servido como excusa a la Fuerza Pública para aumentar los señalamientos a la
población civil.