El Congreso le aprobó a la Fuerza Pública licencia para
matar, desaparecer, torturar y violar los derechos humanos y el DIH impunemente
Por: Camilo Raigozo. Notimundo
La ampliación del fuero penal militar garantiza laimpunidad de atrocidades cometidas por militares: HRW
"Reforma al fuero penal militar es un retrocesohistórico en la lucha contra la impunidad"
“El fuero militar en Colombia no ha logrado que quienescometieron abusos contra civiles rindan cuentas”: José Miguel Vivanco
Reforma al fuero penal militar colombiano “burla avíctimas"
Si quiere detener en algo su desprestigio, lo mejor quepodría hacer el Congreso es no aprobar la reforma al fuero militar
La ampliación del fuero penal militar va a disparar las violaciones a los derechos humanos y al DIH
Por: Camilo Raigozo. Notimundo
Sin ninguna vergüenza, desoyendo el clamor internacional
y nacional, el poder Legislativo y el Ejecutivo, salieron airosos al ser aprobado
en último debate en el Congreso el esperpento de reforma a la Constitución para
ampliar el fuero penal militar.
“La aprobación de esta reforma constitucional va en
contra de las obligaciones internacionales contraídas por Colombia en materia
de derechos humanos y entraña el riesgo de consolidar todavía más la impunidad
de las fuerzas armadas y la policía", manifestó Susan Lee, directora del
Programa de Amnistía Internacional para América. (1).
“La aprobación de esta reforma será un indicativo claro
de la falta de compromiso del gobierno con los derechos humanos en un contexto
en que las fuerzas armadas y la policía continúan cometiendo graves violaciones
de derechos humanos directamente o en coordinación con los paramilitares”, ha
afirmado Lee. (2).
La ONU (3)
y Human Rights Watch (4),
explicaron que todos los crímenes que cometan las fuerzas militares y la policía,
“serán conocidos exclusivamente” por tribunales militares, excepto, aparentemente, los crímenes de genocidio,
lesa humanidad, desaparición forzada, tortura, violencia sexual, ejecuciones
extrajudiciales y desplazamiento forzado.
Por consiguiente, la justicia penal militar investigará y
juzgará todos los demás tipos de violaciones de derechos humanos.
En cuanto a la coartada que encierra las “exclusiones de
la justicia penal militar”, la ONU y HRW advirtieron que “de acuerdo con el
derecho internacional, y según fue confirmado recientemente-
“por la sala de casación penal de la Corte Suprema las
ejecuciones extrajudiciales, la violencia sexual y otros abusos militares
únicamente podrían ser juzgados como delitos de lesa humanidad-
“si forman parte de un ataque generalizado o sistemático
contra la población civil, efectuado con conocimiento del ataque y de acuerdo
con la política de un Estado u organización.
“En palabras del Fiscal General Eduardo Montealegre, ‘el
crimen de lesa humanidad no es toda grave violación de derechos humanos’.
“El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional dice
que tienen que ser ataques sistemáticos o generalizados contra la población
civil”.
Por lo tanto en la enmienda aprobada, para poder
emprender acciones en los tribunales de la justicia ordinaria, los fiscales
deben demostrar en cada caso que la víctima de genocidio, lesa humanidad, desaparición
forzada, tortura, violencia sexual, ejecuciones extrajudiciales y desplazamiento
forzado,-
fue agredida en el marco de un ataque generalizado o sistemático
perpetrado por militares contra la población civil con conocimiento de dicho
ataque y de conformidad con una política oficial, lo cual es imposibles, porque
es de lo que se van a cuidar los criminales.
“Al día siguiente de aprobarse esta reforma, lo más
seguro es que los abogados de quienes están investigados como presuntos
responsables de los “falsos positivos”, a través de un artificio jurídico,
reclamen la aplicación del principio de favorabilidad, fundado en que como sólo
hasta ahora se ha venido a tipificar como delito la conducta de ejecución
extrajudicial, ella no puede ser aplicada a situaciones pasadas.
“Si ello ocurre, para vergüenza internacional se abrirán
las puertas de las cárceles a muchos criminales que delinquieron en nombre de
la patria.
“Que los militares tienen derechos, eso no está en duda,
pero de ahí a reformar la Constitución para convertirlos en intocables, eso sí
no puede ser en un Estado de derecho.
"Es una lástima que eso no lo tenga claro
el ministro Juan Carlos Pinzón, quizá por su errada apreciación de creer que su
papel es el de estafeta y no el de quien, junto con el presidente, tiene la
función de gobernar en materias militares”, advirtió el jurista y
columnista Ramíro Bejarano (5).
Por su parte el excongresista y columnista Rodrigo
Uprimny afirma que: “El proyecto establece que toda infracción al derecho
humanitario será conocida por la justicia militar, con excepción de los delitos
expresamente excluidos.
“Resultado: si hay una muerte o un posible abuso en una
operación militar, los primeros pasos de la investigación los hará la justicia
militar y no la Fiscalía, como sucede actualmente. Será la justicia militar la
que llegue al sitio de los hechos y realice las primeras indagaciones.
“Todo experto en criminalística sabe que esas primeras
horas son decisivas, pues se recogen (o dejan de recoger) las pruebas
esenciales.
“Entonces, en la práctica, será la justicia militar la
que determine si la muerte fue un acto legítimo de guerra, una infracción al
derecho humanitario que le corresponda investigar o una ejecución extrajudicial
que deba reenviar a la justicia ordinaria.
“¿Cómo podrá entonces enterarse la Fiscalía de que hubo
un crimen que deba investigar? Dependerá de que la justicia militar le remita
el caso, lo cual casi nunca ha ocurrido en violaciones a los derechos humanos.
“Pero supongamos que por alguna razón se sabe que pudo
haber un falso positivo. ¿Puede entonces intervenir la Fiscalía autónomamente?
No, pues en ese evento entra a operar la ambigua “comisión técnica de
coordinación”, que incluye a representantes de la justicia militar.
“Y si esa comisión concluye que el caso es de la justicia
ordinaria, el militar procesado podría todavía acudir al “tribunal de garantías
penales” creado por la reforma, que definirá definitivamente quién investiga el
caso. Y la mitad de los miembros de ese tribunal son militares o policías
retirados”. (6).
Para redondear la faena, el Consejo de Estado tumbó, en la misma fecha, el acuerdo que facultaba a la Fiscalía decidir en que casos investigaba a los militares inmersos en muertes en combates.
Para redondear la faena, el Consejo de Estado tumbó, en la misma fecha, el acuerdo que facultaba a la Fiscalía decidir en que casos investigaba a los militares inmersos en muertes en combates.
Por lo anterior se puede afirmar sin lugar a equívocos
que el esperpento que acaba de aprobar irresponsablemente el “Honorable”
Congreso de la República, no es otra cosa que el otorgamiento a militares y policías de un cheque en blanco,
para matar, torturar, desaparecer, desplazar y agredir sexualmente, entre otras
atrocidades, a cualquier colombiana o colombiano, con la garantía de que no van a ser castigados por sus crímenes.
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