miércoles, mayo 09, 2012

Sexto aniversario de la despenalización del aborto reúne a organizaciones de Derecho Reproductivos de todo el país

Avances y obstáculos de la implementación de la sentencia C-355/06

Bogotá, 10 de mayo de 2012. En el marco del sexto aniversario de la Sentencia C-355/06 que reconoce el derecho una interrupción voluntaria del embarazo en ciertas circunstancias, la ONG

Women’s Link Worldwide invitó a un encuentro con organizaciones aliadas en el trabajo por los derechos de las mujeres en Colombia y que han trabajado específicamente en la implementación de la Sentencia:

Red Colombiana de Mujeres por los Derechos Sexuales y Reproductivos, Fundación Mujer y Futuro, Red Nacional de Mujeres, Red de Empoderamiento de las Mujeres de Cartagena, La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, Católicas por el Derecho a Decidir, Corporación Contigo Mujer, Centro de Derechos Reproductivos.

Durante las jornadas se hizo una evaluación de los avances y obstáculos para la implementación de la sentencia, cuyas conclusiones se presentan adjuntas a este comunicado.

La constante son dramáticas historias de mujeres y niñas colombianas que, a pesar del reconocimiento constitucional no vieron garantizado su derecho y siguen luchando contra un sistema de salud que no les presta los servicios requeridos y un sistema judicial que no les reconoce sus derechos.

Los casos, que aparecen relacionados más adelante, ilustran los principales obstáculos de la implementación de la sentencia.

Algunos han originado nuevas sentencias de la Corte Constitucional, otros se suman a las historias que enfrentan cada día mujeres y niñas colombianas cuando intentan ejercer el derecho fundamental a la IVE.

Las organizaciones aquí firmantes celebramos el sexto aniversario del reconocimiento del derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo en la sentencia C-355 de 2006, y en el contexto del Estado Laico-

exigimos su cabal cumplimiento, generando los mecanismos para superar los obstáculos que hasta ahora lo han impedido. Continuaremos trabajando en procura del ejercicio pleno de los derechos sexuales y reproductivos.

Para ver videos de los testimonios de las participantes de las jornadas de evaluación de la implementación de la sentencia C-355/06 visite http://genderjusticejournal.wordpress.com/2012/05/09/testimonios-de-la-jornada-de-evaluacion-de-la-implementacion-de-la-sentencia-c-35506/

Contacto:

Juliet Gómez. Red Nacional de Mujeres, Medellín. 3006590264
Paola Salgado. Mesa por la Vida y Salud de las Mujeres, Bogotá. 3202733179.
María Cecilia Paz. Red Colombiana de Mujeres por los Derechos Sexuales y Reproductivos, Cali. 3146027586.

Isabel Ortiz. Fundación Mujer y Futuro, Bucaramanga. 3105765165
Monica Roa.Women’s Link Worldwide, Bogotá. 3108508752.

Dossier de casos

Los nombres han sido cambiados para proteger la identidad de las mujeres implicadas.

Malformación del feto incompatible con la vida:

Yolanda quedó embarazada por cuarta vez y en la ecografía notaron que el feto tenía una malformación llamada anencefalia que impide que se desarrolle el cerebro.

En una nueva ecografía, se descubrieron otras malformaciones: cardiomegalia con cardiopatía congénita y dextrocardia, así como defecto de la pared anterior del abdomen.

Yolanda solicitó la interrupción de su embarazo a su EPS, SaludVida, pues en el Hospital Erasmo Meoz de Cúcuta le dijeron que solo podían practicarle una IVE si existía una orden judicial. El juez en primera instancia alegó objeción de conciencia.

Para cuando el caso llegó a la Corte Constitucional su embarazo ya tenía 32 semanas. A Yolanda le realizaron una cesárea de urgencia y el bebé falleció a los 5 minutos del nacimiento.

Violencia sexual:

A Mariana la violaron en la buseta que se trasladaba de Buenaventura a Cali. Se acercó a un hospital a practicarse una IVE que entre otras cosas le realizaron en la misma habitación donde otra mujer estaba teniendo un parto.

Al terminar el aborto, la enfermera le dejó el producto del embarazo en la mesita de noche del hospital y le dijo “Ahí verá qué hace con eso.”

Riesgo para la salud de la mujer:

Catalina, ya había tenido tres embarazos de alto riesgo todos diagnosticados con preclampsia, en uno el bebé nació muerto, en el segundo hubo que inducirle un parto prematuro a los 5 meses y en el tercero tuvo un aborto espontáneo.

Con su cuarto embarazo Catalina fue remitida a la unidad de Ginecología del Hospital Departamental de Villavicencio con indicación de que la atención debía ser prioritaria debido a que el embarazo era de alto riesgo.

En el centro de salud había expresado su miedo a morir por el embarazo y su intención de acogerse a la sentencia C-355/06. Catalina sufría nauseas y vómitos constantes, dolores intensos de cabeza, deshidratación y pérdida de peso permanente.

Cuando solicita la cita con especialista, le indican que tiene que esperar porque para lo que quedaba del año (era noviembre) no había citas y tampoco existía la agenda del siguiente año. Acudió a la Defensoría del Pueblo de Villavicencio, para pedir ayuda, pero no recibió respuesta.

El Juez la remitió a valoración al Hospital Departamental del Meta para valoración con médico ginecoobstetra, que dictaminó que existía un alto riesgo de preclampsia.

Así mismo, indicó que Catalina debería ser valorada por sicología, dada la carga emocional detectada. Finalmente el juez decidió negar la protección de los derechos de Catalina, porque en su concepto no había grave peligro para su vida.

Salud mental de niña:

Fernanda, niña de 12 años quedó en embarazo tras relaciones sexuales con su novio de 16 años de edad. Cuando contaba con 14 semanas de gestación, Fernanda confirmó su embarazo.

Tras una valoración, el médico D. expidió un certificado de riesgo para la salud emocional como consecuencia de la continuación del embarazo por la frustración y depresión que producía sobre Fernanda.

Después de esa valoración, Fernanda intentó suicidarse. Cuando contaba con 15 semanas de gestación, Fernanda fue valorada por un médico psiquiatra que diagnosticó una “reacción depresivo-ansiosa” y determinó que la continuidad del embarazo afectaba su salud mental”. 

La madre de Fernanda se comunicó con la E.P.S. para solicitar información acerca de la petición de IVE de su hija. La E.P.S. informó que la petición de IVE había sido negada pues los certificados no eran válidos por ser de médicos que estaban fuera de su red.

Fernanda fue remitida nuevamente el 2 de junio a un médico ginecólogo por requerimiento de la E.PS., quien solicitó la realización de una junta médica materno fetal.

Dos semanas después la E.P.S. informó a la madre de Fernanda que se había negado la IVE pues se consideró que la vida de Fernanda no se encontraba en grave peligro y que le edad gestacional estaba demasiado avanzado. El 20 de septiembre del 2011 Fernanda tuvo un parto indeseado.  

ICBF retiene a niña afrodescendiente violada en el marco del conflicto armado:

Isabel, es una niña 12 años, afrocolombiana y víctima de desplazamiento forzado. Su madre es habitante de calle y sufre de enfermedad mental, vive con su tía y su familia quien legalmente es su representante legal.

La niña desapareció de su vivienda durante casi una semana, la encontró un campesino que la conocía y la acercó a su casa.

La niña narró a su familia que había sido raptada por hombres armados, y que fue abusada sexualmente en diversas ocasiones y por diferentes sujetos durante varios días. Isabel quedó embarazada.

Comunicaron la noticia a su hermana mayor que reside en la ciudad de Bogotá que durante tres meses reunió dinero para traer a la niña a la capital.

Al llegar fue conducida inmediatamente a un hospital público, en esa Institución el caso fue reportado al Sivin (Sistema de Vigilancia de Violencia de la secretaria de salud).

Funcionarios de esta dependencia se acercaron al hospital y antes de que la niña recibiera alguna atención medica de cualquier tipo, fue conducida a un centro zonal del ICBF.

La niña fue cobijada por medida de protección y encerrada en un centro de emergencia para menores.

Después de una semana de estar allí, y habiendo puesto en conocimiento el caso ante la Defensoría del pueblo, en una visita de verificación de derechos se constató que la niña no había recibido ningún tipo de atención médica.

Al poner en conocimiento el caso ante la dirección de protección del ICBF se constató que la defensora de familia del caso ni siquiera había remitido la denuncia del abuso sexual a la Fiscalía para que se iniciara la respectiva investigación.

En dicha gestión se entró en contacto con la Secretaria de Salud, que dispuso que la niña fuera atendida y le fue practicado el aborto legal.

Conclusiones de la jornada

Vigencia de la Sentencia C-355

La sentencia C-355 del 2006 que reconoce el derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo continúa vigente y es de obligatorio cumplimiento, a pesar de los ataques en su contra, entre los que se destacan la suspensión del Decreto 4444 de 2006 por el Consejo de Estado, y el fallido intento de reforma constitucional para proteger la vida desde la concepción.

La Corte Constitucional ha sido clave en la defensa del derecho a la IVE, mediante el establecimiento de reglas claras que buscan su garantía.

Ausencia de liderazgo nacional

La falta de liderazgo a nivel nacional estatal,  impide la coordinación interinstitucional entre los sectores de salud, justicia y educación, para garantizar los derechos reproductivos, incluidos la educación sexual, el acceso a anticonceptivos, los servicios de salud integral para las sobrevivientes de violencia sexual y el acceso oportuno a la IVE.

Fortalecimiento institucional

Algunas instituciones públicas han fortalecido su trabajo para la implementación de la sentencia. Se debe destacar el trabajo realizado por la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud, la Delegada para la Atención en Salud de la Superintendencia Nacional de Salud,-

algunas Personerías Locales y Secretarias de Salud Territoriales, la Defensoría Delegada para los derechos de la Niñez, la Juventud y las Mujeres de la Defensoría del Pueblo, y los Centros de Atención a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas).

Debilidades de operadores de justicia

Persisten los problemas con los jueces de tutela, que no conocen el marco constitucional de la IVE, y/o fallan desconociendo los derechos fundamentales de las mujeres. Así mismo, continúan los obstáculos que los funcionarios del sistema penal establecen para la presentación de denuncias por violencia sexual.

Capacitación y sensibilización

Desde el Ministerio de la Protección Social y la sociedad civil se han realizado jornadas de sensibilización y capacitación a funcionarios públicos y prestadores de salud sobre el marco constitucional de la IVE.

Estigmatización y acoso

A pesar del trabajo de sensibilización, la estigmatización continua siendo fuerte. Las posiciones de la Procuraduría General de la Nación y el acoso y persecución de los grupos anti-derechos, han logrado amedrentar a funcionarios públicos y prestadores del servicio dispuestos a cumplir con el mandato constitucional.

Cambio cultural

Ha habido un cambio cultural que ha posicionado el tema de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en la agenda pública y ha permitido que generadores de opinión apoyen estos derechos. 

Este cambio ha permitido que la atención en IVE vaya aumentando de manera progresiva. Por ejemplo, Oriéntame atendió en 2011, 4000 IVE en Bogotá.

Indebido uso de la Objeción de Conciencia

La objeción de conciencia institucional continua siendo usada para entorpecer el acceso de las mujeres a una IVE, especialmente por parte de entidades confesionales.

A pesar de que se reconoce el derecho a la objeción de conciencia individual de profesionales de la salud, la mayoría no sabe cómo ejercerlo, no lo ejerce debidamente o no cumple la obligación de referir la mujer a otro profesional no objetor.

Adicionalmente, preocupa que los intentos por parte del Congreso para regular este derecho se conviertan en un obstáculo más para el acceso a la IVE.

Acceso a la IVE para niñas y adolescentes

Las niñas y adolescentes siguen sufriendo el desconocimiento de su capacidad de decidir si interrumpen o no su embarazo cuando se encuentra en las circunstancias establecidas por la sentencia C – 355 de 2006.

El ICBF no aplica de manera uniforme las directrices para garantizar el derecho a la IVE de las niñas y adolescentes. Se han identificado casos de obstrucción de acceso a la IVE mediante la retención de las niñas y adolescentes en centros de protección.

Derecho a la información

Las mujeres no reciben información clara, completa, oportuna y veraz, por parte de funcionarios y prestadores del servicio de salud, sobre el derecho a la IVE.

Esta situación se agrava por la información tergiversada e incompleta emitida desde la Procuraduría General de la Nación sobre el derecho a la IVE.

Ausencia de redes de prestadores de servicios

La falta de proveedores del servicio persiste, especialmente para mujeres del sector rural.

Ante la negativa del servicio por parte de los prestadores privados, la gran mayoría de mujeres son remitidas a los hospitales públicos, lo que genera un desgaste de las pocas instituciones que garantizan efectivamente el derecho.

Es especialmente preocupante la situación que enfrentan las mujeres en zonas de conflicto armado, las afrodescendientes e indígenas y las mujeres con algún tipo de discapacidad.

Restricciones de acceso

Es recurrente que se remitan los casos de IVE a hospitales de tercer y cuarto nivel de complejidad cuando pueden ser atendidos en el primer nivel de atención.

Acceso a medicamentos y procedimientos

Se ha detectado un problema en la disponibilidad y la libertad de elección de los distintos  procedimientos para realizar la IVE.

Es particularmente preocupante la ausencia del medicamento Misoprostol en el Plan Obligatorio de Salud – POS, y que se sigan practicando legrados, cuando existen procedimientos menos invasivos y más seguros como la Aspiración Manual Entra-Uterina (AMEU).

Es necesario fortalecer la educación sexual y la información sobre los demás derechos sexuales y reproductivos.

Es indispensable hacer uso de las herramientas legales y de política pública existentes, entre ellas cumplir con la orden de la Corte Constitucional referente a implementar campañas masivas de promoción de los derechos sexuales y reproductivos.

Hostigamiento a Defensores de Derechos Humanos

Con frecuencia quienes trabajan en defensa de los Derechos Humanos, y en específico los Derechos Sexuales y Reproductivos de las mujeres, son víctimas de amenazas y atentados que buscan amedrentarlos para evitar que puedan continuar con su trabajo y de esta manera desestimular el trabajo de otros defensores.


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