miércoles, mayo 09, 2012

Gobierno nacional viola los derechos laborales de los docentes indígenas

Ante la grave situación que padecen cientos de docentes indígenas  que laboran en las diferentes regiones del país, el Representante a la Cámara Hernando Hernández Tapasco  radicó ante la plenaria de la Cámara una constancia-

en la que denuncia de manera oficial como se están vulnerando los derechos laborales de estos docentes al fijar los salarios que serán devengados por estos maestros y  que fueron especificados en el decreto 0829, artículo 1 que entró en vigencia el 25 de abril de este año.

El decreto en su artículo 1 establece:

(…) “La asignación básica mensual de los servidores públicos etnoeducadores, docentes y directivos que atiendan población indígena en territorios indígenas, en los niveles de prescolar, básica y media, y que se vinculen en provisionalidad a partir del 1 de enero de 2012,-

de conformidad con lo establecido en la ley 115 de 1994 y del Decreto 804 de 1995, y de acuerdo con lo resuelto por la Corte Constitucional  en Sentencia C-208 de 200, es la suma de ochocientos ochenta y siete mil setenta y dos pesos ($ 887.072) M/CTE”.

Con esta asignación salarial, el gobierno nacional viola los artículos 13 y 53 del mandato superior  que regulan la igualdad ante la ley y la igualdad salarial de los docentes indígenas en tanto que desconoce lo ordenado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-313 de 2003 y que establece:

el principio al trabajo igual, salario igual, teniendo en cuenta que el juicio de igualdad debe partir del supuesto de una misma situación específica y práctica, tal y como ocurre con los docentes indígenas frente a los no indígenas que desempeñan las mismas funciones en una jornada igual o incluso de mayor dificultad en regiones apartadas.

Este decreto  resulta discriminatorio en tanto que le asigna por ejemplo a un licenciado en grado 2 del escalafón y nivel  salarial A, la suma mensual de $1.392.952 y a un docente indígena en las-

mismas condiciones le asigna como salario $ 887.072, de otro lado cabe comparar que a un magister  en el grado 3 del escalafón de nivel salarial A  se le asigna la suma mensual de $2.219.210 mientras que a un magister indígena en las mismas-

condiciones se le paga por su trabajo la suma de $ 887.072 y donde la diferencia salarial resulta en $1.332.138, hecho que a todas las miradas se convierte en un exabrupto de la ley y en un acto discriminatorio en cuanto a condiciones laborales se refiere.

Con estos y otros argumentos se presentará ante la Cámara de Representantes la constancia requerida y se enviará la solicitud a la Presidencia de la República,  Ministerio de Hacienda, Ministra de educación y Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública para  que sean tomadas las medidas correspondientes


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