Cayó falso positivo de juez de Arauca que exoneraba a la
FAC y culpaba a las FARC por masacre de Santodomingo, Arauca
Por Camilo RaigozoUna tutela tumbó el fallo del Juez Penal Especializado de Arauca, que había condenado al comandante “Grannobles”, de las FARC, por el bombardeo que realizó la Fuerza Aérea Colombiana en diciembre de 1998 en el que murieron 17 personas, en Santodomingo, Arauca.
La coartada judicial pretendía cobijar con el manto de la impunidad a los autores de la execrable masacre. Acción que ha contado con la complicidad de la dictadura mediática del país.
El siguiente es el comunicado expedido el 9 de marzo
pasado por la Asociación Minga, ONG defensora de derechos humanos, quien representa a las víctimas, ante la
arbitrariedad del juez y de la dictadura mediática:
Comunicado público
La Asociación para la Promoción Social Alternativa-Minga
apodera víctimas de la masacre de Santo Domingo en el proceso penal que se
adelanta para esclarecer esa violación de derechos humanos;-
trágico suceso que
ha ocupado de nuevo la atención de los medios de comunicación con ocasión de un
fallo judicial que habría determinado que la guerrilla, y no la Fuerza Aérea
Colombiana, es la responsable de ese crimen.
Ante ello manifestamos:
1. Que la sentencia proferida el 31 de enero de 2011 por
el Juez Penal Especializado de Arauca, mediante la cual se condenó a un jefe
guerrillero por la muerte de 7 militares y de los 17 civiles que perecieron en
la masacre de Santo Domingo,-
sólo sirve en lo mediático al propósito de quienes
pretenden utilizarla para demostrar la supuesta inocencia de los miembros de la
Fuerza Aérea en el último de los hechos, dado que, jurídicamente, en lo que
concierne a la masacre de los civiles, ese fallo es totalmente ineficaz.
2. Esa sentencia es ineficaz en lo concerniente a la
masacre de Santo Domingo, porque la referida violación de derechos humanos no
fue la que se juzgó en ese proceso,-
razón por la cual la inclusión de los
nombres de esas víctimas en ese fallo, solo se puede explicar por el ánimo
prevaricador del juez o por falta de diligencia en el cumplimiento de sus
funciones.
3. La Fiscalía General de la Nación, con ocasión de los
hechos ocurridos en Santo Domingo en diciembre de 1998, por tratarse de hechos
claramente diferenciados en el espacio y en el tiempo,-
separó la investigación
de la masacre de los civiles de la pesquisa por la muerte de los militares que
perecieron en los enfrentamientos que durante varios días sostuvieron miembros
del ejército con la guerrilla.
4. La investigación por la muerte de los siete militares,
concluyó con el llamamiento a juicio del jefe guerrillero de las FARC alias
Granobles, quien fue acusado única y exclusivamente de las muertes y las
lesiones de miembros del Ejército,-
proceso que en causa conoció el Juez
Especializado de Arauca y en el que se produjo la sentencia condenatoria del 31
de enero de 2011, la cual, en derecho, solo podía referirse a la
responsabilidad del acusado por los hechos por los que la Fiscalía lo llamó a
juicio,-
que no eran otros que la muerte de los militares. Desconocemos la razón
por la que en esa sentencia se hace mención a la muerte de los civiles, crimen
que no fue investigado ni objeto de acusación en ese proceso.
Ello constituye una irregularidad protuberante,
desproporcionada e inexplicable, que amerita que el juez que produjo la
sentencia sea investigado penal y disciplinariamente.
5. Reiteramos que la investigación por la masacre de los
17 civiles y las graves lesiones corporales a 30 más, la adelantó un Fiscal de
la Unidad de Derechos Humanos, quien acusó a los militares de la Fuerza Aérea
Colombiana César Romero Pradilla, Johan Jiménez Valencia y Héctor Mario
Hernández Acosta.
Por solicitud de estos militares, la Corte Suprema de
Justicia-Sala Penal, asignó ese proceso, previo reparto, a un Juez Penal del
Circuito de Bogotá, el cual condenó a Romero y Jiménez como responsables de la
masacre a 30 años de prisión, sentencia que fue confirmada por la Sala Penal
del Tribunal Superior de Bogotá, decisión contra la que se interpuso un recurso
de casación aún no resuelto.
Asimismo, el año pasado, la Fiscalía vinculó como
presuntos responsables de esa masacre, al coronel Andrés Garzón Vélez y al
Germán David Lamilla, ambos oficiales de la FAC, proceso que se encuentra
activo.
En estas actuaciones es que se han producido las pruebas
que han permitido a jueces de la República obtener certeza de que la masacre de
Santo Domingo la causaron agentes del estado al servicio de la Fuerza Aérea
Colombiana.
6. La Asociación Minga llama a la opinión pública a estar
alerta frente a episodios como los denunciados, con los que nuevamente se
pretende invertir el rol entre víctimas y victimarios,-
plantar un manto de duda
sobre la responsabilidad del Estado en graves violaciones de derechos humanos y
estigmatizar y desprestigiar la labor de las organizaciones defensoras de
derechos-
humanos, valiéndose de mentiras, manipulaciones y presentando los
pedidos legítimos y legales de justicia de las víctimas, como formas de
"guerra jurídica" contra las instituciones.
7. Reiteramos de nuevo nuestra solidaridad con las
víctimas de la masacre de Santo Domingo y las invitamos a no dejarse amilanar
ni arrinconar por los esfuerzos que realizan los homicidas y sus cómplices para
desviar la investigación y crear una matriz de opinión contraria a la verdad y
la justicia.
La Asociación Minga y las víctimas a quienes representa,
reiteran que han hecho, hacen y seguirán haciendo uso legítimo, con total
transparencia, de los recursos legales establecidos en el derecho interno e
internacional para garantizar la vigencia y respeto de los derechos humanos y
la realización de la justicia.
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