jueves, marzo 29, 2012

Cayó falso positivo de juez de Arauca que exoneraba a la FAC y culpaba a las FARC por masacre de Santodomingo, Arauca
Por Camilo Raigozo

Una tutela tumbó el fallo del Juez Penal Especializado de Arauca, que había condenado al comandante “Grannobles”, de las FARC, por el bombardeo que realizó la Fuerza Aérea Colombiana en diciembre de 1998 en el que murieron 17 personas, en Santodomingo, Arauca.

La coartada judicial pretendía cobijar con el manto de la impunidad a los autores de la execrable masacre. Acción que ha contado con la complicidad de la dictadura mediática del país.

El siguiente es el comunicado expedido el 9 de marzo pasado por la Asociación Minga, ONG defensora de derechos humanos,  quien representa a las víctimas, ante la arbitrariedad del juez y de la dictadura mediática:

Comunicado público

La Asociación para la Promoción Social Alternativa-Minga apodera víctimas de la masacre de Santo Domingo en el proceso penal que se adelanta para esclarecer esa violación de derechos humanos;-

trágico suceso que ha ocupado de nuevo la atención de los medios de comunicación con ocasión de un fallo judicial que habría determinado que la guerrilla, y no la Fuerza Aérea Colombiana, es la responsable de ese crimen.

Ante ello manifestamos:

1. Que la sentencia proferida el 31 de enero de 2011 por el Juez Penal Especializado de Arauca, mediante la cual se condenó a un jefe guerrillero por la muerte de 7 militares y de los 17 civiles que perecieron en la masacre de Santo Domingo,-

sólo sirve en lo mediático al propósito de quienes pretenden utilizarla para demostrar la supuesta inocencia de los miembros de la Fuerza Aérea en el último de los hechos, dado que, jurídicamente, en lo que concierne a la masacre de los civiles, ese fallo es totalmente ineficaz.

2. Esa sentencia es ineficaz en lo concerniente a la masacre de Santo Domingo, porque la referida violación de derechos humanos no fue la que se juzgó en ese proceso,-

razón por la cual la inclusión de los nombres de esas víctimas en ese fallo, solo se puede explicar por el ánimo prevaricador del juez o por falta de diligencia en el cumplimiento de sus funciones.

3. La Fiscalía General de la Nación, con ocasión de los hechos ocurridos en Santo Domingo en diciembre de 1998, por tratarse de hechos claramente diferenciados en el espacio y en el tiempo,-

separó la investigación de la masacre de los civiles de la pesquisa por la muerte de los militares que perecieron en los enfrentamientos que durante varios días sostuvieron miembros del ejército con la guerrilla.

4. La investigación por la muerte de los siete militares, concluyó con el llamamiento a juicio del jefe guerrillero de las FARC alias Granobles, quien fue acusado única y exclusivamente de las muertes y las lesiones de miembros del Ejército,-

proceso que en causa conoció el Juez Especializado de Arauca y en el que se produjo la sentencia condenatoria del 31 de enero de 2011, la cual, en derecho, solo podía referirse a la responsabilidad del acusado por los hechos por los que la Fiscalía lo llamó a juicio,-

que no eran otros que la muerte de los militares. Desconocemos la razón por la que en esa sentencia se hace mención a la muerte de los civiles, crimen que no fue investigado ni objeto de acusación en ese proceso.

Ello constituye una irregularidad protuberante, desproporcionada e inexplicable, que amerita que el juez que produjo la sentencia sea investigado penal y disciplinariamente.

5. Reiteramos que la investigación por la masacre de los 17 civiles y las graves lesiones corporales a 30 más, la adelantó un Fiscal de la Unidad de Derechos Humanos, quien acusó a los militares de la Fuerza Aérea Colombiana César Romero Pradilla, Johan Jiménez Valencia y Héctor Mario Hernández Acosta.

Por solicitud de estos militares, la Corte Suprema de Justicia-Sala Penal, asignó ese proceso, previo reparto, a un Juez Penal del Circuito de Bogotá, el cual condenó a Romero y Jiménez como responsables de la masacre a 30 años de prisión, sentencia que fue confirmada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, decisión contra la que se interpuso un recurso de casación aún no resuelto.

Asimismo, el año pasado, la Fiscalía vinculó como presuntos responsables de esa masacre, al coronel Andrés Garzón Vélez y al Germán David Lamilla, ambos oficiales de la FAC, proceso que se encuentra activo.

En estas actuaciones es que se han producido las pruebas que han permitido a jueces de la República obtener certeza de que la masacre de Santo Domingo la causaron agentes del estado al servicio de la Fuerza Aérea Colombiana.

6. La Asociación Minga llama a la opinión pública a estar alerta frente a episodios como los denunciados, con los que nuevamente se pretende invertir el rol entre víctimas y victimarios,-

plantar un manto de duda sobre la responsabilidad del Estado en graves violaciones de derechos humanos y estigmatizar y desprestigiar la labor de las organizaciones defensoras de derechos-

humanos, valiéndose de mentiras, manipulaciones y presentando los pedidos legítimos y legales de justicia de las víctimas, como formas de "guerra jurídica" contra las instituciones.

7. Reiteramos de nuevo nuestra solidaridad con las víctimas de la masacre de Santo Domingo y las invitamos a no dejarse amilanar ni arrinconar por los esfuerzos que realizan los homicidas y sus cómplices para desviar la investigación y crear una matriz de opinión contraria a la verdad y la justicia.

La Asociación Minga y las víctimas a quienes representa, reiteran que han hecho, hacen y seguirán haciendo uso legítimo, con total transparencia, de los recursos legales establecidos en el derecho interno e internacional para garantizar la vigencia y respeto de los derechos humanos y la realización de la justicia.

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