Terrorismo de Estado
Condenan al Ministerio de Defensa por asesinatos a sangre
fría
Por Camilo Raigozo. Notimundo
El crimen fue perpetrado el 28 de octubre de 1993 en el
municipio de Tello, Huila, cuando terroristas comandados por el teniente Carlos
Eduardo Matiz Martínez, del Batallón Cacique Nutibara de la Novena Brigada del Ejército
Nacional, asesinaron al joven campesino ítalo Adelmo Cubides Chacón, informó Alianza
de Medios para la Paz.
Una vez cometido el homicidio los bandidos del régimen
presentaron a la víctima como guerrillero “dado de baja en combate”.
Los terroristas estatales también ultimaron a otros tres
muchachos, entre los que se encontraba el labriego Juan de la Cruz Núñez
Calderón, trabajador de la finca Buenos Aires en la vereda Cadillo en cuyo
vecindario ocurrió el hecho. Todos presentados como insurgentes muertos en
combate.
Para el defensor de derechos humanos y abogado de las
víctimas Luis Carlos Domínguez, lo relevante del fallo es que pone de presente
cómo esa criminal práctica de asesinar civiles para dar partes de victoria es
de antiquísima tradición en la fuerza pública, especialmente por el Ejército.
Según Domínguez Prada
el proceso duró 19 años con el agravante de la férrea oposición del
Ministerio de Defensa, que en todas las instancias defendió a los criminales y
siempre quiso cobijarlos con el manto de la impunidad.
La condena demuestra que las acciones criminales de
miembros del Ejército son una vieja costumbre que se potencializó en el nefasto
gobierno de Uribe Vélez.
El Consejo de Estado amonestó drásticamente al ministerio
de la represión y la guerra contra el pueblo, que no de Defensa, con las
consiguientes órdenes de carácter indemnizatorio, pedagógico y de garantías de
no repetición.
El caso lo había tomado la justicia penal militar llevándolo
hacia la impunidad, hasta que pasó a manos de la justicia ordinaria, lo que
demuestra que la ampliación del fuero penal militar no es otra cosa que la
garantía de impunidad para los crímenes que cometan militares y policías.
El Consejo de Estado resolvió, a pesar del
archivo del proceso penal hace más de veinte años, la compulsa de copias a la Fiscalía General
de la Nación para que adelante investigación
de los crímenes que permita castigar a los homicidas.
Igualmente insta a la Fiscalía a evaluar la forma como se
hizo la investigación en la justicia militar, para considerar el procesamiento
de sus agentes por delito relacionado con la administración de justicia.
El Ministerio de Defensa deberá publicar la sentencia en
un diario de amplia circulación nacional y uno regional del departamento del
Huila, con inclusión de una certificación expresa de que Ítalo Adelmo Chacón no
murió en combate con tropas del Ejército.
También se deberá publicar la integridad de la sentencia de
88 páginas en lugar visible al público de la sede del Ministerio de Defensa, y
divulgarse en todos los batallones y brigadas del ejército nacional.
El autor de los crímenes de los jóvenes Cubides Chacón y
Juan de la Cruz Núñez, fue el en entonces teniente Carlos Eduardo Matiz
Ramírez, quien llegó al grado de teniente coronel y fue comandante del terrorífico
Batallón de Inteligencia y Contrainteligencia Charry Solano, reconocido como el
centro piloto de torturas del Ejército.
El criminal Matiz Ramírez goza de buen retiro, de su
pensión militar y devenga como vicerrector de capacitación de la Defensa Civil
Colombiana, ente que paradójicamente exhibe el eslogan de: “La institución
humanitaria más grande del país”.
El abogado Domínguez Prada se constituirá en parte Civil
en representación de los familiares de las víctimas, para hacer que el bandido
del Ejército, Matiz Ramírez, pague por sus crímenes como lo ordenó el Consejo
de Estado.
Próximamente la Corte Constitucional definirá la suerte
de la ley que amplía el fuero penal militar y por ende también decidirá si esta
corte se convierte en cómplice de los crímenes del Ejército y la Policía.