Puerto Tejada, Cauca
Acusan al Ejército, Policía, Fiscalía y a un juez, de
violar la Constitución y los DDHH en las capturas masivas
Por Camilo Raigozo
El Colectivo de Abogados Suyana denunció la violación al principio
constitucional al debido proceso en las capturas masivas llevadas a cabo por el
Ejército y la Policía, de 17 jóvenes en
zona rural del municipio Puerto Tejada,
norte del Cauca.
El día 21 de abril
de 2013 un informante declaró ante las
autoridades que en dos predios de esta ciudad presuntamente se estaban
preparando atentados por parte de la guerrilla de las FARC- EP.
El 26 de abril se
realizó un primer allanamiento sin orden judicial a las 6.05 de la mañana en el
predio La Finca, ubicado en la calle 6
con carrera 27, barrio Santa Elena, donde la Policía ingresó violentamente en
una volqueta tumbando la cerca.
Los agentes transgresores de la Constitución y la ley
estrellaron la volqueta contra la casa, lanzaron
gases lacrimógenos, bombas de aturdimiento y dispararon armas de fuego contra
la vivienda en la que se encontraban
13 jóvenes de entre 19 y 24 años
de edad.
Los 13 muchachos se encontraban en el lugar debido a que
un agente de la Policía de Puerto Tejada los había convocado, supuestamente para
jugar varios partidos de futbol contra equipos de municipios vecinos.
Los agentes agresores capturaron a los 13 jóvenes quienes
vestían camisetas y pantalonetas de la selección Colombia, los esposaron y los
arrojaron boca abajo al piso, los golpearon y los amenazaron con dispararles si
ofrecían alguna resistencia. Las personas quedaron severamente lesionadas
física y sicológicamente.
A las 11 de la mañana llegó al sitio la delegada de la Personería y entonces a las víctimas les
fue permitido dejarse las camisetas que tenían puestas, puesto que la Fuerza
Pública pretendía vestirlos con
uniformes camuflados por la fuerza.
Los jóvenes permanecieron un tiempo prolongado aturdidos
por las bombas y la golpiza que les propinaron los victimarios.
Según la denuncia el operativo policial no tuvo control
alguno ya que no estuvieron presentes los organismos de control del
Estado, como la Procuraduría o Personería,
cuyos delegados hicieron presencia en el lugar
cinco horas después del abuso de la Policía.
Otro allanamiento realizado el mismo 26 de abril de 2013,
ocurrió a las 6.15 de la mañana sin orden judicial, en el predio ubicado
en la carrera 27 N. 6-14.
Allí también ingresó la Fuerza Pública de forma violenta tumbando la puerta, lanzando gases
lacrimógenos y bombas de aturdimiento, en la sala de la casa donde se
encontraban cuatro personas.
Las cuatro víctimas fueron agredidas, esposadas, tiradas
al piso baca abajo y amenazadas de
muerte si miraban hacia las habitaciones.
Igual que en el anterior operativo no hubo presencia de ningún
ente de control, quienes llegaron al sitio tres horas después, por lo que los
militares abusaron sin control alguno.
Los capturados, tres hombres y una mujer, fueron
trasladados en helicóptero hasta Cali, en un cinematográfico despliegue militar
ordenado por el Ministro de Justicia desde Puerto Tejada.
La audiencia de legalización del allanamiento y la
legalización de elementos materiales probatorios se realizó a partir de las 11
de la mañana hasta las 8 de la noche del 27 de abril de 2013.
La audiencia de legalización de las capturas comenzó a las 8:15 de la noche del 27 de abril,
37 horas después de ocurridas, lo que
significa que a legalización se realizó por fuera del término establecido en la Constitución y el Código de
Procedimiento Penal, que es dentro de las 36 horas siguientes.
Esta violación al debido proceso llevó a la defensa de las víctimas a exigir la
ilegalidad de las capturas por vencimiento de términos, pero el juez de control
de garantías se negó a aceptar tal exigencia.
Igualmente, el procedimiento del registro de allanamiento
fue irregular –dice la fuente- ya que no
se leyó el Acta de Procedimiento de
Registro a los detenidos, la cual
tampoco fue firmada por ellos.
Además no se cumplió con el requisito de los formatos de actas de incautación, lo que a su vez indica que los elementos materiales probatorios encontrados en el procedimiento policial sobre el papel no se sabe con certeza de quien son.
Además no se cumplió con el requisito de los formatos de actas de incautación, lo que a su vez indica que los elementos materiales probatorios encontrados en el procedimiento policial sobre el papel no se sabe con certeza de quien son.
“La audiencia de legalización de captura se inició a la
hora 37 y se decidió sobre la misma aproximadamente a la hora 42, pasando la Fiscalía
y el juez de control de garantías por
encima de la Constitución y la ley,-
situación que fue expuesta por la defensa, violándose así los derechos de los capturados, avalando los errores jurídicos cometidos por la Fuerza Pública, dejando entrever su posición política por encima de la posición jurídica”, expresa Suyana.
situación que fue expuesta por la defensa, violándose así los derechos de los capturados, avalando los errores jurídicos cometidos por la Fuerza Pública, dejando entrever su posición política por encima de la posición jurídica”, expresa Suyana.
El 28 de abril a las 9:30 de la mañana se inició la
audiencia de imputación de los siguientes cargos: Concierto para delinquir, uso de insignias y
uniformes, falsedad marcaria y receptación, entre otros.
La defensa argumenta que la Fiscalía pasó por alto
las recomendaciones del procurador
delegado y del mismo juez del control de garantías, quienes plantearon que los elementos materiales probatorios
arrimados a la audiencia se
circunscribían al delito de rebelión.
La audiencia se terminó a las 6 de la tarde con la
negativa al recurso de apelación, a pesar de las reiteradas irregularidades
cometidas por la Policía Judicial y la misma Fiscalía, dictando medida de aseguramiento.
Las víctimas del terrorismo de Estado fueron llevadas a
las audiencias al día siguiente de la captura con la misma ropa y sin
oportunidad del aseo personal violentándose el derecho a la dignidad.
Además uno de jóvenes llevaba la camiseta ensangrentada producto de las golpizas de los
agentes represores del régimen y le fue mostrado al juez las heridas en la cara
y la espalda.
La respuesta de la Fiscalía y del juez de control de
garantías fue que, según los dictámenes de Medicina Legal, los golpes y
escoriaciones de estos muchachos no eran de alarma, porque según una
jurisprudencia sacada a relucir por la Fiscalía, eran producto de fuerza
proporcional. Foto El País.